¿Cuántas señales de prohibición de maniobras existen en Colombia y cuáles son?
Se trata de marcas que deberán distinguirse en algunos momentos clave para informarse mejor y evitar multas.
Al transitar por las calles colombianas, la ciudadanía encontrará varios tipos de señales de tránsito, que son elementos clave en la movilidad para evitar accidentes, ubicar a un conductor o informar sobre el estado de una vía. Saltarse lo informado por una señal podría acarrear sanciones o, incluso, poner en peligro la seguridad de quienes circulan por el territorio.
La reglamentación de las señales está a cargo del Ministerio de Transporte, como lo establece el Código Nacional de Tránsito Terrestre, la Ley 769 de 2002. La norma asevera que “todos los usuarios de la vía están obligados a obedecer las señales de tránsito”, algo que las autoridades de tránsito, como las secretarías de Movilidad o la Policía de Tránsito, podrán hacer cumplir.
Por ello es importante comprender algunos aspectos de la señalización, como su clasificación. El Código menciona define cinco tipos de señales así:
- Señales preventivas, que tienen el objetivo de “advertir al usuario de la vía” sobre la existencia “de un peligro” o de algún riesgo que podría alterar el ritmo de la conducción, como las características geométricas de las vías, la superficie de rodadura, las pendientes, las intersecciones, entre otros. Su color es amarillo o verde fluorescente, y su orla —el símbolo del medio—, negra.
- Señales reglamentarias, que informan sobre las limitaciones, prohibiciones, priorizaciones y restricciones de las vías, como las de “Pare”, “Ceda el paso”, “Prohibido girar en U”, “Prohibido parquear”, “No adelantar”, “circulación en ambos sentidos”, entre muchas otras. Incumplirlas puede acarrear sanciones previstas en el Código Nacional de Tránsito.
- Señales informativas, que buscan guiar a los usuarios por vías plenamente identificadas, como las que ofrecen direcciones hacia algunos destinos o las que indican hacia dónde conduce una calle. Su color puede ser verde con letras blancas, como el que se ve usualmente en la nomenclatura de las calles; blanco con letras negras; azul combinado con blanco y negro, y café y blanco.
- Señales transitorias, que pueden ser reglamentarias, preventivas o informativas, para modificar por un tiempo determinado el régimen normal con el que se usa una vía. Son las únicas señales cuyo color está dispuesto en el Código y no en el Manual de Señalización Vial: el naranja. Se trata de las imágenes que se ven cuando existe una obra en la vía.
Para el Código de Tránsito, además, las marcas sobre el pavimento y los semáforos también son señales de tránsito. No toda la regulación sobre la señalización está en el código, sino que la misma norma dice que el Ministerio de Transporte es el que instaurará “las características técnicas de la demarcación y señalización de toda la infraestructura vial”, algo que cada gobierno ha hecho a su modo.
En 2004, por ejemplo, el gobierno del expresidente Álvaro Uribe, con el ministro de Transporte Andrés Gallego, emitió su propio Manual de Señalización Vial, que fue modificado en 2015 por el gobierno de Juan Manuel Santos y la jefa de cartera Natalia Abello. En 2024, la administración de Gustavo Petro expidió, junto a la ministra María Constanza García, un nuevo Manual, el vigente en la actualidad.
Las señales de tránsito que prohíben maniobras y giros
En el manual del año pasado, de 1425 páginas, las autoridades de transporte definieron que las señales reglamentarias tienen como finalidad notificar a conductores las distintas prelaciones, “limitaciones, prohibiciones, restricciones, obligaciones y autorizaciones existentes” en las vías nacionales.
Las señales reglamentarias, agrega el manual, tienen forma circular, pero podrían ser rectangulares dependiendo de su texto. “Su color de fondo es blanco y excepcionalmente rojo”, menciona el texto, que clasifica a las señales en seis tipos: prelación, prohibición de maniobras y giros, prohibición de paso por clase de vehículos, “otras prohibiciones”, restricción, obligación y autorización.
En total, son ocho prohibiciones de maniobras y giros:
- SR-04, “No pase”
- SR-06, “Prohibido girar a la izquierda”
- SR-08, “Prohibido girar a la derecha”
- SR-10, “Prohibido girar en ‘U’”
- SR-14, “Prohibido cambio de calzada izquierda a derecha”
- SR-14A, “Prohibido cambio de calzada derecha a izquierda”
- SR-26, “No adelantar”
- SR-50, “Prohibido girar a la derecha con luz roja”.