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¿Cuál será el proceso para pedir el divorcio unilateral en Colombia?

Elías Martínez, notario segundo de Bogotá, aseguró en La W, que aunque no se necesitan las dos firmas de la pareja, sí hay algunos requisitos para que este sea aprobado.

El pasado 3 de enero, el presidente Petro sancionó la Ley 2442 del 27 de diciembre de 2024, conocida como la “ley de divorcio libre” o “ley de divorcio unilateral” en Colombia. Leovedis Elías Martínez, notario segundo de Bogotá, pasó por los micrófonos de La W con Julio Sánchez Cristo y explicó cuál será el proceso para solicitarlo.

Según explicó el notario, aunque no se necesitan las dos firmas de la pareja, la parte que desea divorciarse debe notificarle al otro, quien puede presentar una nueva demanda con otra causal: “Es decir que lo único que cambió es que se agrega a la ley una causal y es que ‘me quiero divorciar porque quiero y punto’”, mencionó.

Con este nuevo punto que incluye la ley, que es conocido como divorcio incausado, no se necesita justificar razones como infidelidad, maltrato u otros. Solo basta el que una de las partes no quiera seguir casado/a, en línea con la modificación del artículo 154 del Código Civil.

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¿Cómo funciona el proceso?

Según el notario, no es tan rápido ni automático, pues, aunque ya no se necesita la firma o consentimiento de la pareja, sí se necesita contratar un abogado (apoderado) para presentar la demanda de divorcio; esa demanda debe incluir una propuesta sobre cómo se manejarán los temas económicos, como la repartición de bienes y la custodia de los hijos (si los hay).

Igualmente, esa será la notificación a la pareja sobre la solicitud del divorcio. No obstante, la pareja tiene derecho a oponerse y presentar su propia demanda (reconvención)

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

Si la pareja no se opone, el divorcio puede resolverse más rápido. Pero, si hay oposición, el proceso será más largo, pues el juez tendrá que revisar ambas posturas. El tiempo dependerá de cada caso y de la carga laboral de los jueces.

Ahora, la ley ya fue sancionada y publicada en el Diario Oficial, por lo que se hizo efectiva su promulgación. De modo que, los jueces ya pueden tramitar estos casos. Y, con la ley, mientras el proceso está en curso, ambas partes pueden llegar a un acuerdo y optar por un divorcio notarial, que es más rápido, en lugar de seguir con el proceso judicial.

La W consultó también al representante Julio César Triana, de Cambio Radical y uno de los ponentes del proyecto, quien aseguró que, pese a que se mantienen algunos trámites engorrosos, el proceso sí se reduce.

“Al tener que presentar la demanda de divorcio ante el juez, se necesita un abogado, pero la división de bienes y los demás efectos del divorcio se definirán en la propuesta de divorcio y aunque se podrá presentar otra propuesta diferente, el proceso sí se reduce porque el juez tiene inmediatamente todos los aspectos para decidir”, dijo Triana.

Además, aseguró que “se disminuyen muchas cargas procesales y el tiempo, principalmente porque se elimina la etapa probatoria, pues ya no será necesario probar la culpabilidad del cónyuge”.

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