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Reducción jornada laboral en Colombia 2025: ¿quiénes están obligados a bajarla a 44 horas?

Desde julio de 2025, la jornada laboral en Colombia pasará de 46 a 44 horas semanales, cumpliendo con el cronograma de la Ley 2101 de 2021.

Imagen de referecia de Getty Images.

Imagen de referecia de Getty Images. / Luis Alvarez

A partir del 15 de julio de 2025, la jornada laboral en Colombia experimentará una nueva reducción, pasando de 46 a 44 horas semanales.

Este cambio forma parte de la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021, la cual busca disminuir progresivamente el límite máximo de horas laborales a la semana, sin afectar los derechos ni la remuneración de los trabajadores. Esta medida impacta tanto a empleadores como a empleados en todo el país, y su aplicación está sujeta a normativas específicas.

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¿Cuántas horas bajaron?

Desde la promulgación de la Ley 2101 de 2021, se estableció un cronograma de reducción gradual de la jornada laboral máxima. En julio de 2023, la jornada se redujo a 47 horas semanales; en julio de 2024, bajó a 46 horas. Ahora, a partir del 15 de julio de 2025, se disminuirá a 44 horas semanales, como un paso más hacia el objetivo final de 42 horas semanales, programado para 2026.

Esta disminución de horas busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores colombianos, permitiéndoles mayor equilibrio entre su vida laboral y personal, sin afectar sus ingresos ni prestaciones sociales. Es importante destacar que esta reducción no implica una disminución del salario ni de otros derechos adquiridos por los empleados.

¿Quiénes están obligados a bajarla a 44 horas?

La reducción de la jornada laboral aplica a todos los empleadores y trabajadores que se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia, tanto en el ámbito público como privado. Esto incluye:

  • Empresas grandes, medianas, pequeñas y microempresas.
  • Contratos laborales a término fijo e indefinido.
  • Trabajadores de tiempo completo o parcial.

Sin embargo, no aplica a los trabajadores que tienen regímenes especiales o acuerdos contractuales que no están sujetos a la jornada laboral ordinaria, como contratistas independientes o personas vinculadas bajo la modalidad de teletrabajo o trabajo por horas, siempre que sus acuerdos específicos se mantengan fuera del alcance de esta legislación.

Además, la ley permite que empleadores y trabajadores acuerden la distribución de estas horas semanales, ya sea en cinco o seis días, garantizando en todo caso al menos un día de descanso obligatorio. Esto ofrece flexibilidad para adaptar las jornadas a las necesidades operativas de las empresas, siempre respetando el nuevo límite de 44 horas semanales.

La implementación de esta nueva etapa de reducción de la jornada laboral representa un avance significativo en la legislación laboral colombiana, alineándose con tendencias internacionales que buscan promover el bienestar de los trabajadores. Los empleadores están obligados a cumplir con esta normativa y a garantizar que sus trabajadores disfruten de los beneficios asociados a la disminución de las horas laborales, asegurando al mismo tiempo el respeto por sus derechos y condiciones salariales.

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