Tribunal exige reformas en el control de precios de medicamentos en Colombia
La acción popular fue presentada por el procurador Delegado para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un fallo histórico que busca garantizar el acceso equitativo a los medicamentos en el país. La decisión, resultado de una acción popular presentada por la Procuraduría General de la Nación, exige al Ministerio de Salud y Protección Social, junto con otras entidades, implementar medidas más estrictas para regular los precios de medicamentos y proteger los derechos de los ciudadanos.
En un fallo emitido el 12 de diciembre de 2024, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante su Sección Primera, Subsección “A”, resolvió una acción popular presentada por la Procuraduría General de la Nación. El fallo ordena al Ministerio de Salud y Protección Social, entre otras entidades, implementar medidas inmediatas para fortalecer el sistema de control de precios de medicamentos y garantizar el acceso equitativo y eficiente a los mismos.
Los hechos y la demanda
La acción popular fue presentada por el procurador Delegado para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente, quien argumentó que el actual sistema de regulación de precios de medicamentos en Colombia es insuficiente, permitiendo sobrecostos que afectan gravemente tanto al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) como a los ciudadanos. Además, señaló la inoperancia de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) para garantizar precios justos.
La demanda solicitó la protección de varios derechos colectivos, entre ellos:
- El acceso universal a medicamentos esenciales con precios controlados.
- La moralidad administrativa en la regulación y vigilancia del mercado farmacéutico.
- La seguridad y salubridad públicas mediante una gestión eficiente de recursos públicos.
Irregularidades detectadas
El fallo destaca que solo el 7% de los medicamentos en el país tienen precios regulados, lo que permite a las farmacéuticas y mayoristas fijar precios exorbitantes. En algunos casos, se detectaron sobrecostos que superan el 11,000% en medicamentos adquiridos con recursos públicos.
Por ejemplo, el medicamento anticancerígeno “Kaxel”, cuyo precio máximo de venta establecido era de $5,493, fue adquirido por entidades públicas a $646,500, generando un sobrecosto desproporcionado. Entre 2018 y 2019, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) reportó sobrecostos de más de 42 mil millones de pesos en recobros por medicamentos sin regulación de precios.
Órdenes del tribunal
El Tribunal adoptó varias decisiones orientadas a fortalecer la regulación de precios y garantizar el acceso equitativo a medicamentos:
- Revisión de la política farmacéutica nacional: Ordenó al Ministerio de Salud y a la CNPMDM formular una nueva política que contemple:
El control directo de precios para el 100% de los medicamentos esenciales.
La implementación de sistemas electrónicos de control y auditoría en la comercialización de medicamentos.
La regulación de precios en todas las fases de producción y distribución. - Fortalecimiento de entidades de control:
Se ordenó a la Superintendencia de Industria y Comercio aumentar su capacidad administrativa y tecnológica para ejercer una supervisión efectiva.
A la Superintendencia Nacional de Salud se le instruyó investigar todas las compras de medicamentos realizadas por EPS entre 2018 y 2019, verificando el cumplimiento del régimen de precios. - Mesa de trabajo multisectorial: Involucrar a representantes de farmacéuticas, mayoristas, EPS, IPS, usuarios y entidades gubernamentales para diseñar una nueva metodología de control de precios que privilegie el acceso universal.
- Devolución de recursos: Ordenó a varias entidades farmacéuticas y distribuidores reintegrar al tesoro nacional los ingresos obtenidos por la venta de medicamentos con precios superiores al máximo establecido.
Impacto en el sistema de salud
El fallo subraya que el actual sistema de regulación contribuye al déficit financiero del SGSSS, que en 2018 alcanzó los 11 billones de pesos, en su mayoría atribuibles a sobrecostos en medicamentos. También destaca que los medicamentos representan el 21% del gasto total en salud, lo que agrava la crisis financiera del sector.
El Tribunal también responsabilizó al Gobierno Nacional por no cumplir con lo establecido en la Ley 1751 de 2015, que obliga a garantizar una política farmacéutica nacional eficaz. Esto ha llevado a que la mayoría de los medicamentos en el país sean comercializados sin ningún tipo de control, afectando directamente a los ciudadanos, quienes pagan precios hasta 100 veces superiores a los costos asumidos por las EPS.
Reacciones
El Ministerio de Salud y Protección Social argumentó que el control total de precios podría desalentar la inversión en el sector farmacéutico y generar desabastecimiento. Sin embargo, la Procuraduría General de la Nación consideró que el fallo es un paso fundamental para garantizar el derecho a la salud y evitar que recursos públicos sean desviados.
Organizaciones de pacientes y expertos en salud pública han celebrado la decisión, calificándola como un avance significativo hacia la equidad en el acceso a medicamentos.
Un precedente crucial
Este fallo establece un precedente importante en la protección de los derechos colectivos y en la lucha contra la corrupción en el sector salud. Además, refuerza la necesidad de adoptar medidas urgentes para garantizar que todos los colombianos tengan acceso a medicamentos esenciales a precios justos, promoviendo un sistema de salud más transparente y equitativo.