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Caso UNGRD: anulan millonario giro que ordenó Sneyder Pinilla para Girón, Santander

La decisión del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano invalidó la resolución con la que se autorizaba el desembolso de $180.000 millones para el municipio santandereano, por desconocer los estudios y conceptos previos para tal fin.

Sneyder Pinilla. Foto: UNGRD

W Radio conoció en primicia que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante una sentencia emitida el 12 de diciembre de 2024, anuló la Resolución No. 142 de 2024 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Este acto administrativo ordenaba la transferencia de $180.000 millones de pesos al municipio de Girón, Santander, para atender una calamidad pública.

Según el fallo, la resolución incurrió en vicios de procedimiento y careció de sustentación técnica adecuada.

Irregularidades detectadas

El Tribunal identificó varias fallas en la emisión de la resolución, incluyendo:

Más información

  1. Inobservancia de procedimientos internos: La resolución fue expedida sin la revisión y recomendación del Comité de Contratación de la UNGRD, lo cual era obligatorio según las normas vigentes.
  2. Falta de viabilidad técnica: No se justificaron adecuadamente las obras propuestas, como un acueducto y proyectos de recuperación. Solo la construcción de una subestación de bomberos tenía soporte en los decretos de calamidad pública.
  3. Falsa motivación: Se incluyeron proyectos no contemplados en la declaratoria de calamidad pública, violando los principios de legalidad y buen uso de recursos públicos.

En contexto

La transferencia de recursos se fundamentó en los decretos municipales que declararon la calamidad pública en Girón debido a emergencias causadas por lluvias intensas.

Aunque se planeó construir una subestación de bomberos en la región del embalse Topocoro, otras obras incluidas en la resolución no estaban relacionadas directamente con la emergencia.

Decisiones del Tribunal

El fallo no solo anuló la resolución, sino que también mantuvo vigente la medida cautelar que suspendió su ejecución desde julio de 2024. Como resultado, la UNGRD recuperará los recursos para destinarlos a fines alineados con su misión y las disposiciones legales.

El Tribunal enfatizó que “para adoptar la decisión tomada en la Resolución No. 142 del 26 de febrero de 2024, era imprescindible contar con la revisión y recomendación del Comité de Contratación”, requisito que no se cumplió.

Sobre las obras propuestas, el fallo indicó que “ni el Decreto 0145 de 2023 ni el Decreto 023 de 2024 contemplaban la construcción de un acueducto o las obras de emergencia generalizadas, lo cual evidencia una falta de motivación y congruencia en el acto administrativo”.

Implicaciones y medidas futuras

La sentencia subraya la importancia de seguir los procedimientos administrativos y técnicos en la gestión de recursos públicos, especialmente en situaciones de emergencia. El Tribunal exhortó a las autoridades a garantizar el uso eficiente y transparente de los fondos asignados para la atención de desastres.

Este fallo reafirma la necesidad de fortalecer los controles en la gestión del riesgo y evitar que los recursos destinados a la mitigación de emergencias sean utilizados de manera indebida. Como destacó el Tribunal, “la transparencia y la eficiencia son pilares fundamentales para garantizar la correcta administración de los recursos públicos en situaciones críticas”.

En el resuelve de la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se lee lo siguiente:

  • “FALLA PRIMERO. - DECLÁRASE LA NULIDAD de la Resolución Nº.142 del 26 de febrero de 2024, proferida por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. En consecuencia, a título de restablecimiento del derecho, la UNGRD podrá disponer de los recursos a los que se refiere la resolución que se declara inválida mediante la presente decisión, a fin de dar cumplimiento a los fines establecidos en la Constitución y en la ley para dicha entidad”.