Empresas y personas naturales que deben declarar ICA en Bogotá: plazos para el trámite
Con corte al 5 de diciembre, el recaudo del impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros (ICA) alcanzó $6,2 billones, lo que equivale al 87 % de la meta presupuestada para este año.
La Alcaldía de Bogotá detalla que el impuesto de Industria y Comercio se debe pagar por el ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial o de servicios, en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.
Le puede interesar:
¿Quiénes deben pagar el Impuesto de Industria y Comercio?
En ese sentido, el impuesto de Industria y Comercio lo deberá pagar todo establecimiento de comercio, industria o prestadores de servicios, sean personas naturales o jurídicas, así no cuenten con local u oficina física.
Por otra parte, el régimen preferencial para el pago del ICA impone una serie de condiciones que los contribuyentes deben cumplir para acceder a este beneficio:
- Tener un solo establecimiento comercial o de negocio relacionado con la actividad gravada en Bogotá.
- No haber celebrado contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un monto igual o superior a 3.500 UVT durante el año anterior o en curso.
- El monto de consignaciones bancarias o inversiones financieras derivadas de ingresos gravados con el ICA no debe exceder las 3.500 UVT.
- No deben estar registrados bajo el régimen simple de tributación.
¿Qué obligaciones tienen los contribuyentes pertenecientes al régimen común de ICA?
- Inscribirse en el Registro de Información Tributaria (RIT), dentro de los dos meses siguientes a la constitución de la empresa.
- Actualizar el RIT con las novedades, cese de actividades, etc., dentro de los dos meses siguientes al hecho.
- Declarar y pagar en el formulario específico las retenciones de ICA practicadas (para agentes retenedores).
- Llevar libros de contabilidad, conforme a los principios de contabilidad aceptados.
- Expedir factura con los datos necesarios.
- Conservar información y pruebas.
Es importante mencionar que Los ciudadanos que no cumplan con su obligación deberán responder por el pago extemporáneo e intereses por mora.
¿Cómo se realiza el pago del ICA en Bogotá?
1. Ingrese a www.haciendabogota.gov.co y busque la opción “Oficina Virtual”, allí seleccione el botón “DECLARA Y PAGA” en la opción “Impuesto de Industria y Comercio “. Escriba su usuario y contraseña y de clic en “Conectar”.
2. Tenga a mano el certificado de existencia y representación legal y los estados financieros y/o contables en los que aparezcan registrados los ingresos por las actividades económicas. Además, complete la información solicitada.
En la sección “Mis impuestos” elija la opción “Industria y Comercio” y luego “Declarar y pagar en tres pasos”. Se desplegarán las siguientes opciones:
- Liquidar impuesto
- Presentar declaración
- Pagar impuesto
Seleccione “1. Liquidar impuesto “y el sistema lo remitirá al liquidador de Industria y Comercio. Luego, ingrese todos los datos solicitados por el sistema y haga clic en “Continuar”.
3. A continuación, registre los datos de la actividad económica y la base gravable e ingresa los valores para la liquidación.
4. Antes de firmar y presentar la declaración, verifique los datos de identificación y registre los del representante legal o contribuyente. Si tiene revisor fiscal, digite la información correspondiente. Luego, escoja la opción “Generar declaración para firma electrónica”. Se desplegará una ventana emergente para aceptar la generación del PDF.
5. Una vez generado el PDF de la liquidación, entre nuevamente a la Oficina Virtual, de clic en “2. Presentar declaración” y elija “Con firma electrónica”. Aparecerá la información de la declaración generada y seleccione el botón para firmarla.
6. Valide los datos que arroja el sistema para presentar la declaración y de clic en “Aceptar “. Recuerda que la contraseña de la firma electrónica es la misma con la que ingresas a la Oficina Virtual como persona natural.
7. El sistema le mostrará un mensaje informándote que la declaración quedó presentada exitosamente.
8. Posteriormente, debe ingresar a la Oficina Virtual y seleccionar “3. Pagar impuesto “. Puede realizar el pago en línea, dando clic sobre el signo pesos, o imprimir el recibo y hacerlo de manera presencial en bancos.
9. Si ya tiene la declaración y no ha realizado el pago, puede obtener el recibo, ingresando por “Solo pago” desde el liquidador de Industria y Comercio.
10. Para obtener el Recibo Oficial de Pago (ROP), revise que los datos de identificación estén correctos y registre los del representante legal o contribuyente.
- Si tiene revisor fiscal, ponga la información respectiva. El sistema emitirá un recibo oficial de pago con código de barras para presentar en bancos autorizados.
- Recuerda activar las ventanas emergentes del navegador que está utilizando.
11. Finalmente, haga clic sobre el ícono con el signo pesos ($) para realizar el pago por PSE.
¿Cuáles son los plazos para declarar ICA en Bogotá?
Según la Secretaría de Hacienda de Bogotá, los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, cuyo impuesto a cargo, correspondiente a la sumatoria de todo el año gravable 2023, exceda de 391 UVT, es decir, $16.583.092, y los agentes retenedores de dicho tributo, deberán declarar y pagar las obligaciones tributarias correspondientes a cada bimestre del año gravable 2024, en las siguientes fechas:
- Bimestre 5: 20 de diciembre 2024.
- Bimestre 6: 21 de febrero de 2025.