Adelantar vehículos en curvas o puentes: casos en que genera multa de más de 26 SMDLV
Le contamos cuál es la sanción a la que se enfrentará por adelantar indebidamente un vehículo. Para las motos se incluirá la inmovilización.
Las multas de tránsito son unos de los mayores miedos de los conductores que circulan en cualquier vehículo por el territorio nacional. Aunque unas de las más comunes son las infracciones por exceso de velocidad, movilizarse en pico y placa o usar el teléfono mientras conduce, hay otros actos que pueden terminar en costosas multas e incluso, la inmovilización del vehículo.
Generalmente, estas sanciones son impuestas por las autoridades competentes como los agentes de tránsito y por las ‘cámaras salvavidas’. Además, todas estas multas están tipificadas en el Código Nacional de Tránsito.
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¿En qué casos no se puede adelantar vehículos?
A la hora de manejar es muy importante tener en cuenta las normas de tránsito, ya que existen lugares específicos en donde no está permitido adelantar a otro vehículo, incluso si no se ven a simple vista más carros en sentido contrario. Sin embargo, la mayoría de estas zonas están debidamente señalizadas.
Para ser más específicos, estos son los puntos donde no se puede adelantar a un vehículo:
- Curvas.
- Intersecciones.
- Pendientes.
- Cruces ferroviarios.
- Zonas de visibilidad deficiente.
- Calles con línea amarilla continua o con doble línea continua.
- Cerca de un paso peatonal.
Tenga en cuenta que en caso de querer adelantar otro carro deberá hacerlo por el carril izquierdo. Le contamos algunas recomendaciones:
- Conserve una distancia prudente del carro que va adelante.
- Calcule bien la velocidad antes de realizar la maniobra.
- Utilice los espejos retrovisores para verificar que no vengan más carros al mismo tiempo.
- Señalice con las luces direccionales y deje un tiempo prudente para que todos los actores de la vía sepan de la maniobra.
- Regrese al carril lo antes posible, sin exceder los límites de velocidad, para no obstaculizar el paso de los carros.
¿Cuál es la multa por adelantar vehículos en curvas o puentes?
Según el Código Nacional de Tránsito Terrestre, en su artículo 131, se define el comparendo D6 como “adelantar a otro vehículo en una berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique”.
En ese caso, si es sorprendido por las autoridades de tránsito cometiendo esta infracción, podrán multarlo con 30 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), que para este 2024 equivale a 1′300.000.
Para las motos también aplica esta infracción, en caso de ser incumplida, la sanción también incluirá la inmovilización de la motocicleta.
Otras infracciones relacionadas con esta multa
A1: no transitar por la derecha de la vía.
C7: no señalizar con las luces direccionales, o en su defecto, con la mano.
D3: transitar en sentido contrario a la vía por donde se circula.