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Tribunal ordena indemnización por negligencia médica en caso de paciente fallecida

La compensación asciende a más de 1.300 millones de pesos por lucro cesante y 390 millones por daño moral, ambos debidamente indexados.

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images. / SimpleImages

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en un fallo emitido el 9 de diciembre de 2024, condenó a varias entidades del sistema de salud por negligencia médica en la atención de Gloria Marina Guarnizo Girardot, quien murió debido a complicaciones postquirúrgicas.

La decisión fue tomada tras una demanda presentada por su hijo, Juan David Gómez Guarnizo, quien solicitaba una indemnización por la deficiente atención médica que llevó a la muerte de su madre.

Los hechos

Gloria Marina Guarnizo ingresó el 28 de diciembre de 2011 a la Clínica Cafam con síntomas de dolor abdominal, náuseas, vómitos y debilidad.

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Después de más de 11 horas, sin un diagnóstico claro ni un tratamiento efectivo, fue remitida a la Clínica del Occidente, donde se le realizó una apendicectomía debido a una peritonitis generalizada causada por una apendicitis perforada.

A pesar de la intervención, la paciente no recibió el cuidado postoperatorio adecuado, lo que resultó en su fallecimiento el 4 de enero de 2012 por una hemorragia interna.

El fallo

El Tribunal concluyó que, tanto la Clínica Cafam, como la Clínica del Occidente, actuaron con negligencia, al no seguir los protocolos médicos establecidos.

En el caso de Cafam, se disimularon los síntomas con analgésicos y no se realizaron los exámenes diagnósticos necesarios, lo que agravó la condición de la paciente.

En la Clínica del Occidente, se omitieron cuidados postquirúrgicos esenciales, no se controlaron infecciones y se desestimaron signos de alarma como vómitos con sangre y dificultad respiratoria. A pesar de su deterioro evidente, la paciente fue dada de alta.

El Tribunal revocó una decisión previa que había desestimado la demanda, alegando la falta de un nexo causal.

Con base en un dictamen pericial, concluyó que la atención deficiente de ambas instituciones fue directamente responsable de la muerte de la paciente.

Consecuencias

El fallo destaca la obligación de las instituciones de salud de cumplir con la “lex artis” en la atención de los pacientes, resaltando la responsabilidad conjunta de las entidades involucradas.

Además, subraya las deficiencias en la coordinación y respuesta del sistema de salud, poniendo de manifiesto la necesidad de mejorar los protocolos y la supervisión.

Reparación

El Tribunal ordenó una indemnización al demandante por los perjuicios derivados de la muerte de su madre.

La compensación asciende a más de 1.300 millones de pesos por lucro cesante y 390 millones por daño moral, ambos debidamente indexados.

Este fallo se suma a otros en Colombia que buscan garantizar el derecho a una atención médica de calidad, subrayando la responsabilidad de las instituciones de salud en el cuidado de la vida de los pacientes.