Consejo de Estado tumba nombramiento en la Embajada de Colombia en Francia
El Consejo de Estado anuló el nombramiento provisional de Juan Pablo Castro Morales como consejero en la Embajada de Colombia en Francia, al determinar que existían funcionarios de carrera diplomática disponibles para ocupar el cargo.
El Consejo de Estado anuló el nombramiento provisional de Juan Pablo Castro Morales como consejero en la Embajada de Colombia en Francia. La decisión la tomó al confirmar la nulidad del Decreto 2153 del 13 de diciembre de 2023 proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con el cual se realizó el nombramiento.
La decisión se basa en la existencia de varias irregularidades al no tener en cuenta los nombramientos en la carrera diplomática y consular.
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Los argumentos:
La Sección Quinta del Consejo de Estado concluyó que el nombramiento en provisionalidad era improcedente, pues para el momento de la designación existían funcionarios de carrera diplomática disponibles para ocupar el cargo. Según el fallo, la jurisprudencia establece que, en caso de vacantes, se debe priorizar a los funcionarios de carrera, conforme al principio de mérito consagrado en el artículo 125 de la Constitución.
Entre los funcionarios disponibles se encontraban Ángela María De La Torre Benítez y Constanza Lucía Sánchez Gómez, quienes solicitaron su traslado a otra sede externa, derecho que les fue negado a pesar de cumplir con los requisitos necesarios.
Además, se evidenció que Castro Morales no acreditó el dominio de un segundo idioma ni los estudios y experiencia requeridos para desempeñar el cargo, elementos indispensables según la normativa aplicable.
El Consejo de Estado recordó que la norma establece que, para realizar un traslado a otra sede externa antes de cumplir 12 meses en un cargo, deben probarse situaciones excepcionales como fuerza mayor, caso fortuito, o circunstancias especiales avaladas por la Comisión de Personal. Sin embargo, en este caso no se demostró ninguna de estas condiciones.
El fallo también desestimó los argumentos del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Presidencia de la República, quienes alegaron que la falta de personal en la carrera diplomática justificaba el nombramiento en provisionalidad. Según la decisión, siempre que exista al menos un funcionario disponible en la carrera diplomática, no es viable recurrir a este mecanismo.