Economía

Líos en cambio del impuesto de 4x1.000 que debería regir desde el viernes: DIAN respondió

A partir del 13 de diciembre los colombianos podrán tener exención de este impuesto en todas las cuentas y no solo en una, como funciona actualmente, desde que no superen los $ 16 millones en transacciones. Sin embargo, esto ha tenido dificultades y podría no entrar a operar. Le contamos por qué.

Imagen de referencia. Foto: Getty Images / DIAN

Imagen de referencia. Foto: Getty Images / DIAN

Según quedó establecido en la última reforma tributaria, a partir de este viernes tendría que entrar a regir el cambio del impuesto del 4 x1.000 con el que se acaba el límite de tener una sola cuenta bancaria exenta de ese impuesto y permitir que todas estén exentas, siempre y cuando no se superen los 16 millones de pesos mensuales en transacciones.

Ese cambio podría tener un traspié para entrar a operar este viernes, pues algunas Fintech, cooperativas o fondos de empleados no tienen un sistema que permita centralizar la información de las personas para saber si superan el tope de los 16 millones de pesos, y solo algunas eligieron al sistema Passport para centralizar la información.

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Por su lado, los bancos ya hicieron una millonaria inversión con TransUnion para tener este sistema pero las cooperativas o Fintech no tienen los recursos para subirse a ese sistema. Además, la ley señala que solo debe haber un sistema

La W le pidió una respuesta al director de la Dian, Jairo Orlando Villabona, y aseguró que “la norma dice que rige a partir del viernes. Sin embargo, pues hay algunas objeciones ahí jurídicas en cuanto que todos tienen que consolidar un sistema y se están esas discusiones incluso tenemos una reunión mañana con estos grupos”.

Sin embargo, desde la Superintendencia de Economía Solidaria nos dicen que el artículo no establece una fecha de entrada de vigencia del sistema.

Específicamente, el artículo 881-1 del Estatuto Tributario prevé un plazo máximo de dos (2) años para la entrada en funcionamiento del sistema de información. Una vez vencido el plazo, se hará exigible lo dispuesto en el artículo mencionado, esto es, que las entidades financieras y/o cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y crédito apliquen la exención mensual de trescientos cincuenta (350) UVT sin la necesidad de marcar una única cuenta.

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