¿Cómo calcular su liquidación si termina su contrato en diciembre?
El fin de una relación laboral debe tener en cuenta el salario, las prestaciones y la prima.
Terminar un contrato laboral significa que la persona empleada debe recibir de la compañía empleadora una liquidación, un pago con el que un empleador da por terminada sus obligaciones laborales con quien finalmente se retira mediante una carta de renuncia o una terminación laboral con o sin justa causa.
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Se trata de una transferencia que deben percibir todas las personas que tengan un contrato laboral en cualquiera de sus modalidades, como término fijo, término indefinido u obra labor. Quienes tienen una vinculación con un contrato de prestación de servicios no tienen derecho a la liquidación.
Al culminar el contrato, explica el Ministerio de Justicia, la persona empleada puede solicitar a su superior un arreglo frente a la liquidación, que siempre deberá incluir el pago de salarios, seguridad social, cesantías, intereses de cesantías, prima de servicio y vacaciones correspondientes al tiempo de trabajo.
Las remuneraciones mensuales recibidas se sumarán con las prestaciones y ese será el resultado de la liquidación en función de un año. Es decir, por cada año calendario se calcula una liquidación diferente, y la suma de ellas será el total de la liquidación de una persona que haya trabajado en años consecutivos.
¿Cómo calcular mi liquidación?
No todas las liquidaciones son iguales, pues dependen de la modalidad del contrato, de los días laborados, de los salarios adeudados o del motivo por el que la relación termina. Sin embargo, existe un par de fórmulas matemáticas que no varían y que hacen parte de todo el trámite.
Para facilitar la cuenta, el Ministerio del Trabajo habilitó una plataforma en su página web conocida como Mi Calculadora. El portal tiene consigo un formulario en el que pregunta sobre fechas y sobre si la persona empleada tiene derecho a un auxilio de transporte. Puede acceder AQUÍ.
Así puede calcular los componentes de la liquidación, teniendo en cuenta que el salario base es el monto mensual pagado por nómina, incluyendo el auxilio de transporte, y para las personas con un salario variable se tomará como referencia el del mes en que se termina el contrato:
- Cesantías: Se toma el salario base, se multiplica por los días trabajados y el resultado se divide entre 360, que es el valor que la legislación laboral toma como un año de trabajo. Es decir: (Salario mensual * Días laborados) / 360
- Intereses de las cesantías: Es el 12% de las cesantías. Puede calcularse con la fórmula (Salario mensual * Días laborados) / 300
- Prima de servicios: Corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, dividido en dos pagos, una mitad en junio y otra mitad en diciembre, por lo que el salario mensual debe multiplicarse por los días trabajados en un semestre, no en un año, así: (Salario mensual * Días trabajados en el semestre) / 360
- Vacaciones: Son un descanso remunerado de quince días hábiles de salario otorgados por cada año laborado. En la liquidación su cálculo debe ser proporcional a los días efectivamente trabajados. Su fórmula va así: (Salario mensual básico * Días laborados) / 720
Luego de tener todos los valores, deben sumarse. El resultado será la liquidación que deberá otorgarse, añadiendo eventualmente a alguna indemnización si la causa de finalización del contrato fue un despido sin justa causa, también conocido como despido injusto.