Consejo de Estado revisará sanciones de la PGN a funcionarios elegidos por voto popular
El alto tribunal unificó jurisprudencia y su presidente, Milton Chaves, afirmó que cumplen con el fallo de la CIDH en el caso Petro vs. Colombia.
El Consejo de Estado anunció una decisión fundamental al unificar su jurisprudencia sobre el recurso extraordinario de revisión de sanciones impuestas por la Procuraduría General de la Nación a funcionarios elegidos por voto popular.
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Esta medida busca garantizar la aplicación de estándares de convencionalidad y constitucionalidad, en línea con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Petro vs. Colombia, luego de que la Corte Constitucional determinara que el organismo de control mantenía sus funciones disciplinarias con revisión automática del Consejo de Estado.
El presidente del alto tribunal, Milton Chaves, explicó que la sala plena de lo contencioso administrativo decidió asumir la revisión de estas sanciones –como destituciones, suspensiones e inhabilidades– para asegurar que exista un control judicial efectivo. “El Consejo de Estado garantiza el principio de doble conformidad y asegura que un juez autónomo e independiente revise estas decisiones de manera definitiva”, afirmó Chaves.
La decisión se tomó en sala plena contenciosa con 16 votos a favor y 4 en contra, faltaron 3 votos porque los magistrados no han sido posesionados y, finalmente, 9 magistrados aclararon el voto.
Sobre la decisión
El debate surgió en mayo de 2023, cuando un magistrado inaplicó la Ley 2094 en un caso concreto, el de Esther María Jalilie García, exalcaldesa de Arjona, Bolívar, dejando sin revisar una sanción impuesta por la Procuraduría. Para evitar criterios contradictorios, la sala plena decidió unificar su jurisprudencia sobre el recurso de revisión, una herramienta introducida por la Ley 2094 de 2021 para reforzar los estándares del derecho internacional.
El fallo establece que el Consejo de Estado será competente para revisar sanciones que impliquen el retiro del cargo, incluso si estas se dictan después de que el funcionario haya dejado su puesto. Esto incluye sanciones por destitución, suspensión e inhabilidad, asegurando que se respeten los derechos políticos de los sancionados.
El presidente del Consejo de Estado anunció carácter transitorio
La decisión tiene carácter transitorio hasta que el Congreso expida una ley que regule de manera definitiva la reserva judicial en estas sanciones, como lo exige la Corte Constitucional en la sentencia C-030 de 2023.
Además, “no afecta sanciones menores, como aquellas que no implican el retiro del cargo, las cuales seguirán siendo revisadas bajo los mecanismos tradicionales de nulidad y restablecimiento del derecho”, explicó el presidente del alto tribunal.
Cumplimiento con la CIDH
El Consejo de Estado considera que esta medida cumple con las obligaciones internacionales de Colombia frente a la CIDH, asegurando un sistema de control jurisdiccional efectivo y alineado con los principios de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“Con esta decisión, reforzamos el respeto por los derechos políticos y fortalecemos la seguridad jurídica en el país. Es un avance significativo para garantizar que los funcionarios elegidos popularmente cuenten con un debido proceso”, concluyó Chaves.
Esta sentencia también será aplicable a casos en curso y futuros, pero no a decisiones ya ejecutoriadas.
Consejo de Estado revisará sanciones de la PGN a funcionarios elegidos por voto popular