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Corte Constitucional tumbó creación del Instituto de Donación y Trasplante de Órganos

La Corte Constitucional tumbó la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos, avalado en el Plan Nacional de Desarrollo, por errores de trámite.

Foto: Cortesía

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La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, que establecía la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT).

En su decisión, (Sentencia C-489) de 2024, la Corte concluyó que el Congreso de la República vulneró principios constitucionales fundamentales durante el trámite legislativo, “como la consecutividad y la identidad flexible, así como el principio de unidad de materia”.

La Sala Plena consideró que la inclusión de la norma en los debates de las plenarias del Senado y la Cámara, a través de una proposición, no demostró la conexidad con los temas discutidos en las sesiones conjuntas de las comisiones. Tampoco se probó una relación directa, inmediata y estrecha con las metas, objetivos y estrategias generales del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, “Colombia Potencia Mundial de Vida”.

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Además, la Corte dijo el artículo 162 desconoció el principio de unidad de materia, al incluir una disposición que no era instrumental para alcanzar los objetivos del Plan de Desarrollo, sino que implicaba una transformación institucional de carácter permanente. Según el fallo, una decisión de esta naturaleza debía haberse tramitado mediante una ley ordinaria bajo la competencia general del Congreso.

El magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo aclaró su voto, resaltando la necesidad de que la Corte adopte un análisis más estricto en la evaluación del cumplimiento de las normas constitucionales y orgánicas que regulan la formulación y aprobación del Plan Nacional de Desarrollo. En su opinión, “este instrumento es esencial para la política pública y la materialización del Estado social de derecho durante el cuatrienio del gobierno correspondiente”.

La decisión, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, refuerza los límites constitucionales en la elaboración legislativa y la importancia de garantizar la coherencia y racionalidad en el trámite de las leyes.

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