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¿Cuándo pagan la prima de Navidad y la prima de vacaciones a los docentes en 2024?

Le contamos de cuánto es la prima que los docentes deben recibir y cuáles son los plazos máximos de pago.

Prima de Navidad y de Vacaciones // Foto: Getty Images / Andrzej Rostek

Al igual que todos los trabajadores, los docentes y directivos docentes deben recibir la bonificación de la prima dos veces al año. Este es un pago que constituye una obligación laboral para las empresas y un derecho para los empleados, ya sea que estén vinculados al sector privado o de entidades públicas.

Este pago es equivalente a un mes de asignación básica salarial y se divide en dos pagos. Para calcular el monto correspondiente a la prima también se deben tener en cuenta los valores del auxilio de transporte y la prima de alimentación, según sea el caso.

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El Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo estipula el funcionamiento de la prima a los empleados:

El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos”.

¿Cuándo se le paga la prima a los docentes? Estos son los plazos máximos

Según la Secretaría de Educación de Bogotá, estas serían las fechas exactas en las que se realizaría el pago de las primas de vacaciones y Navidad para los profesores que trabajan en los colegios públicos de la capital.

  • Salario de noviembre y prima de vacaciones: 27 de noviembre de 2024. Esta fecha incluye el pago del salario correspondiente al mes de noviembre y la prima de vacaciones.
  • Prima de Navidad: 13 de diciembre de 2024.

Aunque estas fechas solo aplican para los docentes de la ciudad de Bogotá, pueden servir como referencia para los pagos a nivel nacional, pues las entidades territoriales suelen establecer calendarios de pago similares.

Estos son requisitos para poder obtener las primas de docentes

La prima de Navidad es un beneficio regulado por los Decretos 3135 de 1968 y 1045 de 1978, el cual busca reconocer el trabajo continuo de los educadores. Aunque este beneficio incluye a todos los docentes, para recibirlo hay que cumplir con las siguientes condiciones:

  • Los beneficiarios deben haber trabajado durante el año hasta el 30 de noviembre.
  • Para quienes han laborado un tiempo menor, el pago se realiza de forma proporcional al período de servicio prestado.

En el caso de la prima de vacaciones, es un derecho laboral regulado por el Decreto 1381 de 1997 y beneficia a quienes hayan cumplido con un periodo de servicio durante el año escolar. Estos son los requisitos para recibir este pago:

  • Haber trabajado al menos 10 meses del año escolar (equivalente a 300 días laborados).
  • Desde el año 2021, la prima se paga de forma proporcional al tiempo laborado para quienes no alcanzan los 10 meses completos.