Luz verde al tratado de traslado de personas condenadas entre Colombia y México
La Corte Constitucional dio luz verde al tratado de traslado de personas condenadas entre Colombia y México.
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas para la Ejecución de Sentencias Penales entre Colombia y México, suscrito el 1 de agosto de 2011 en la ciudad de México. Con esta decisión, el alto tribunal también validó la Ley 2308 de 2023, que aprueba dicho tratado en Colombia.
La Corte destacó que tanto el proceso de adopción del tratado como la ley cumplían con los requisitos legales necesarios: la fase previa gubernamental, el trámite ante el Congreso de la República y la sanción presidencial. Además, explicó que no era aplicable el análisis de impacto fiscal exigido por la Ley 819 de 2003, ya que, según la jurisprudencia previa (Sentencia C-093 de 2024), este tipo de acuerdos internacionales no implican beneficios tributarios ni órdenes de gasto.
Cooperación judicial
La Corte resaltó que el tratado fomenta la cooperación judicial internacional y contribuye a la resocialización de las personas condenadas que cumplen sus penas en países distintos a su nación de origen. Según la Corte, este principio se alinea con la dignidad humana, uno de los valores fundamentales que rige la Constitución.