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¿Cuáles son los aspectos que debe tener en cuenta si compra un carro de segunda?

Deberá realizar la respectiva revisión con las autoridades antes de pagar el valor total del vehículo.

Imagen de referencia de compra de autos. I Foto: Getty Images. / Adam Gault

Si desea comprar un carro de segunda recuerde que la Policía Nacional de Colombia cuenta con una revisión técnica que ayuda a identificar si el vehículo cuenta con las placas alteradas o si fue hurtado anteriormente y lo han revendido con matrícula renovada.

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Es recomendable que las personas no trasfieran el dinero en su totalidad sin hacer una investigación del propietario anterior, del número de matricula y el método por el cual consiguió el vehículo, de este modo podrá evitar caer en una estafa con antelación.

¿Cómo certificar el estado del vehículo?

Las personas interesadas en adquirir un vehículo de segunda mano podrán agendar una cita con la Unidad de Identificación Técnica de Automotores de la Dijín haciendo clic AQUÍ.

Podrán dirigirse a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (Dijín), la cual queda ubicada en la calle 12 #79ª – 25, allí encontrarán los peritos de la Policía, quienes certificarán la compra del automotor. Así mismo los ciudadanos que se encuentren en Bogotá también podrán hacerlo en la sede de la Policía y hacer la certificación de la misma manera.

El día de la revisión técnica deberá prestarse con el vehículo limpio y presentar los siguientes documentos en su totalidad, de lo contrario se anulará su solicitud:

  • El comprobante correspondiente a la transacción a nombre de “Fondos Dijin”, la cual tiene un costo.
  • Documento original o fotocopia de la licencia de conducción.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante.
  • Fotocopia de la factura de la compra del automotor.

Finalmente, deberá asistir con 10 minutos de anticipación y no llevar acompañantes para agilizar el proceso.

¿Qué puede hacer si lo estafan comprando un carro de segunda?

El Ministerio de Justicia y del Derecho establece, por medio de la Ley 1826 de 2017, que si la persona es victima de un delito de estafa por un monto entre los 10 y 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), es decir $7′377.170 pesos y los $110.657.550 pesos, deberá presentar una querella en la Fiscalía General de la Nación.

Si el delito supera un monto mayor a los 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) podrá presentar una denuncia y querella ante la Fiscalía, este procedimiento penal no requiere de un abogado. Estas declaraciones podrá presentarlas en las Unidades de Reacción Inmediata U.R.I, las Salas de Atención al Usuario S.A.U, los Centros de Atención a Víctimas y las Casas de Justicia.

Recuerde que deberá presentar el material probatorio en su totalidad como fotos, testimonios, facturas, comprobantes de pago de las consignaciones realizadas, conversaciones en caso de tenerlas de manera digital, publicidad, etc.

La Fiscalía hará la correspondiente investigación y resolverá el caso ante un juez penal, determinando el o los responsables del delito por medio de estafas.