Condenan a 17 años de prisión a exalcalde de Bucaramanga

La condena a Luis Bohórquez llega luego de ser investigado y condenado por los delitos de peculado por apropiación e interés indebido en la celebración de contratos.

Condenan a 17 años de prisión a exalcalde de Bucaramanga

Bucaramanga

Un magistrado de la República sentenció a varios de los involucrados en el caso “Manatial de Amor” a 17 años de prisión. Así, concluye en primera instancia, uno de los casos penales más famosos de los últimos tiempos en la región vinculado con la firma de contratos durante la gestión del exalcalde de Bucaramanga, Luis Francisco Bohórquez Pedraza.

También se emitieron sentencias parecidas en contra de individuos como el exasesor Leonardo Luna Escalante, la exdirectora de la Oficina de Alumbrado Público de la alcaldía, Gloria Azucena Durán Valderrama y el exsecretario de Infraestructura, Clemente León Olaya. 

El veredicto del Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bucaramanga fue contundente al indicar que “Hubo un acto claramente doloso” que se plasmó en varios contratos, al menos cinco, donde se debería gestionar el mantenimiento del sistema de iluminación pública en Bucaramanga.

A pesar de haber sido hallado culpable en el caso ‘Manantial de Amor’ en el juicio que se inició en 2016, Bohórquez Pedraza se hallaba en libertad debido a vencimientos de términos.

Este suceso fue denominado “Manantial de Amor” debido a que algunos de los acuerdos celebrados se realizaron con compañías vinculadas a las de miembros de esta iglesia cristiana.

Entre 2013 y 2016, se adjudicaron contratos valorados en más de $15.000 millones a través de la Secretaría de Infraestructura y la Oficina de Alumbrado Público de la Alcaldía de Bucaramanga, en un método que la Fiscalía describió como el ‘carrusel de contratos del Manantial de Amor’.

No obstante, este puede no ser el veredicto definitivo ya que la sentencia del Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bucaramanga se pronuncia en primera instancia. A pesar de que se precisa que la sentencia emitida es de naturaleza condenatoria, es posible que la defensa opte por impugnar dicha resolución.

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