Consejo de Estado niega tutela de Fuerza Ciudadana para recuperar su personería jurídica
El Consejo de Estado negó la tutela con la que Fuerza Ciudadana buscaba recuperar su personería jurídica. El alto tribunal ratificó que el movimiento no cumplía con el umbral del 3% de votación.
El Consejo de Estado negó la acción de tutela presentada por el movimiento político Fuerza Ciudadana, mediante la cual buscaban revertir la decisión que anuló el reconocimiento de su personería jurídica.
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El caso tiene origen en la Resolución 5529 de diciembre de 2022, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) había otorgado dicho estatus al movimiento liderado por Carlos Eduardo Caicedo Omar. Sin embargo, esa resolución fue anulada en marzo de 2024 por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que concluyó que Fuerza Ciudadana no cumplía con los requisitos constitucionales y legales, como el “umbral del 3% de votación nacional, necesario para adquirir o mantener personería jurídica”.
En su demanda, Fuerza Ciudadana argumentó que el fallo de nulidad vulneraba principios de igualdad y desconocía precedentes de la Corte Constitucional, como las sentencias que otorgaron personería jurídica a movimientos como Colombia Humana.
Sin embargo, el Consejo de Estado determinó que las circunstancias de Fuerza Ciudadana no eran equiparables a las de otros partidos políticos que recibieron este beneficio por situaciones excepcionales, como violencia sistemática o representación parlamentaria derivada del Estatuto de Oposición.
Recordemos que, en los micrófonos de La W, la abogada Ximena Echavarría alegó desde un principio que existirían varias inconsistencias en el acto administrativo que reconoció la personería jurídica a Fuerza Ciudadana, el cual fue emitido por el CNE: “Había una serie de vicios con respecto a la forma y el fondo en el que fue emitido, especialmente por la falta de rigurosidad al hacer la prueba de igualdad que el CNE elaboró para la para el otorgamiento de esta personalidad jurídica”.