Cómo pagar una multa migratoria en Colombia: Link para verificar si tiene alguna pendiente
¿Es migrante y cree que puede tener una multa migratoria en Colombia? Conozca el listado de infreacciones y dónde puede consultar.
Según explica Migración Colombia, el pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior y al cual pueden acceder todos los ciudadanos mayores o menores de edad que cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución 6888 de 2021.
De esta manera, se destaca la importancia de este documento, especialmente en las zonas de fronteras, aeropuertos y en otros países. Asimismo, es importante tener en cuenta los trámites consulares y migratorios, porque en dado caso de incumplimientos, se podrán acarrear serias sanciones para los ciudadanos nacionales o extranjeros que los incumplan.
Eso sin contar respetar los reglamentos establecidos para permanencia en otro país, pues si no cumple allí también acarrearía multas migratorias.
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¿Cuáles son las multas migratorias en Colombia?
Según expresa Migración Colombia en su página web, las sanciones se clasifican en leves, moderadas, graves y gravísimas, de la siguiente manera:
Infracciones leves
Incumplimientos respecto a obligaciones de inscripción, trámite de registros, renovaciones y reportes, los cuales generan una sanción de entre medio (½) y siete (7) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
Infracciones moderadas
La desatención a los deberes y obligaciones de las personas naturales o jurídicas que tengan un vínculo o relación con extranjeros, lo que dará lugar a una sanción económica desde ocho (8) hasta cuarenta (40) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
Infracciones graves
Ciudadano extranjero que esté en el territorio nacional y se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias, podrá ser deportado por Migración Colombia:
- Ingresar o salir del país sin el cumplimiento de los requisitos legales, siempre y cuando no existan circunstancias especiales que ameriten la sanción de multa
- Abstenerse de cancelar la sanción económica que le haya sido impuesta por Migración Colombia o cuando transcurran más de 2 meses desde la ejecución del acto administrativo sancionatorio
- Encontrarse en permanencia irregular según la normatividad migratoria vigente, siempre y cuando no existan circunstancias especiales que ameriten la sanción de multa
- Obtener visa mediante fraude o simulación, dar información falsa al momento de solicitar la visa, o en el desarrollo de los procedimientos administrativos ante Migración Colombia, o presentar documentos ante la Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores) que induzcan al error, o ante la autoridad migratoria al ingreso, salida, legalización, control y registro.
- Abstenerse de cambiar la visa o no solicitarla cuando esté en la obligación de hacerlo.
- Desarrollar una actividad para la cual no esté autorizado en el permiso de ingreso.
- Incurrir en causal de inadmisión o rechazo.
- Ser objeto de quejas constantes que califiquen al ciudadano extranjero como persona no grata para la convivencia social o tranquilidad pública.
- No abandonar el país dentro de los 30 días siguientes a la notificación de cancelación de la visa.
- Negarse a pagar las obligaciones económicas con cualquier persona natural o jurídica.
- Haber sido sancionado económicamente dos o más veces en un año por la misma entidad pública.
Un ciudadano extranjero, sin importar su nacionalidad, puede solicitar la salida voluntaria del país por una (1) vez, siendo potestativo de Migración Colombia autorizar su salida voluntaria o imponer la sanción administrativa.
Infracciones gravísimas
La expulsión es la sanción que impone Migración Colombia a un ciudadano extranjero que incurre en una infracción calificada como gravísima, estas son:
- Abstenerse de cumplir la resolución de deportación dentro del tiempo establecido en el salvoconducto para salir del país o regresar al país antes de cumplir el tiempo de prohibición establecido en la resolución de deportación o sin la visa correspondiente.
- Registrar informes o anotaciones en los archivos de las autoridades competentes por propiciar el ingreso de extranjeros con falsas promesas de contrato, suministro de visa o documentos de entrada o permanencia.
- Haber sido condenado en Colombia a pena de prisión cuya sentencia no contemple como accesoria la expulsión del territorio nacional.
- Estar documentado fraudulentamente como nacional colombiano o de otro país.
Para más detalles sobre estas sanciones migratorias puede consultar en la página web: https://www.migracioncolombiac3.gov.co/tengo-una-pregunta