Corte cuestiona rol de Salvatore Mancuso como gestor de paz y hace llamado al Gobierno
La Corte Suprema señaló que se busca otorgar un beneficio ilimitado, sin contraprestación alguna, pese a la ausencia de contribución real con la verdad y la reparación de las víctimas por parte de Mancuso
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión de primera instancia de la sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla, que le había negado la libertad al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, bajo la figura de gestor de paz como lo pedía el Gobierno Nacional.
En su fallo, la Sala Penal explicó que la libertad otorgada sin condiciones no es proporcional al objetivo de paz. Según la Corte, el propósito de lograr la paz debe salvaguardar los derechos de las víctimas y la justicia. “La medida resulta desproporcionada e idónea, pero sin suficiente contención y sin que Mancuso haya contribuido plenamente con la verdad y reparación de las víctimas”, señala la decisión.
La decisión sostiene que en procesos de justicia transicional “no se pueden ofrecer beneficios ilimitados, argumentando que la paz tiene límites cuando está en juego la justicia por graves violaciones a los derechos humanos”.
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La Corte enfatizó que la medida adoptada por el Gobierno carece de detalles sobre el alcance de la designación de Mancuso como gestor de paz, lo cual envía un mensaje “equivocado” a las víctimas, al permitir que el postulado no asuma plenamente las responsabilidades asignadas en el sistema de Justicia y Paz.
Por otro lado, la Corte desestimó la pretensión de Mancuso de que su libertad esté vinculada a la finalización del conflicto armado. Según la Sala, el argumento es insuficiente y carece de una base sólida que justifique cómo su intervención directa podría favorecer la paz, más aún cuando no cuenta con respaldo efectivo de los grupos armados en negociación con el Estado.
De hecho, el alto tribunal señaló que se busca otorgar un beneficio ilimitado, sin contraprestación alguna, pese a la ausencia de contribución real con la verdad y la reparación de las víctimas por parte de Mancuso:
“En la resolución en comento no hay ninguna precisión acerca del tiempo o lapso de la designación, lo cual es inadmisible porque envía un mensaje equivocado a las víctimas. Consiste en que su agresor, antes que asumir los compromisos que le impone el Sistema de Justicia y Paz derivados de sus múltiples conductas, y de que pesa en su contra una medida de aseguramiento de detención preventiva que debe cumplir para anticipar el cumplimiento de la pena, obtiene una desmedida contraprestación”, dice la determinación.
Está decisión, que había sido tomada inicialmente por un magistrado de Justicia y Paz en Barranquilla, subraya que el rechazo no afecta realmente su estatus de gestor, ya que Mancuso no obtuvo el beneficio de libertad bajo esa figura, sino por un beneficio de Justicia y Paz que ya se le había concedido.