TikTok deberá dar garantías a usuarios que buscan recuperar su cuenta: Corte
La Corte determinó que TikTok falló en brindar un proceso adecuado de apelación dentro de su plataforma.
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-453 de 2024, falló a favor de José Francisco Montufar Rodríguez en una acción de tutela presentada contra la red social TikTok, tras la suspensión de su cuenta bajo el argumento de que no cumplía con el requisito de edad mínima. La Sala Quinta de Revisión, integrada por los magistrados Paola Andrea Meneses Mosquera, Antonio José Lizarazo Ocampo y Jorge Enrique Ibáñez Najar, concluyó que la red social vulneró los derechos fundamentales de Montufar al debido proceso y datos personales.
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Montufar, un abogado que usa TikTok para compartir contenido profesional y social, relató que la plataforma bloqueó su cuenta en múltiples ocasiones, argumentando que tenía menos de 13 años, a pesar de haber demostrado su mayoría de edad mediante su cédula de ciudadanía.
En marzo de 2024, el Juzgado Primero Civil Municipal de Ibagué declaró improcedente la tutela, pero el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ibagué revirtió esta decisión en abril, al confirmar la mayoría de edad del usuario.
La Corte determinó que TikTok falló en brindar un proceso adecuado de apelación dentro de su plataforma y confirmó que Montufar, quien ya cuenta con una nueva cuenta activa, ha visto sus derechos afectados. Por ello, la Corte ordenó a TikTok actualizar correctamente su información sobre la edad del usuario y le previno de realizar bloqueos futuros por este motivo sin un fundamento adecuado.