¿Cuándo no aplica el auxilio de transporte en Colombia? Únicos casos que respalda la ley
Hay casos puntuales en donde esta ayuda económica no es recibida por el empleado.
Los empleados colombianos y extranjeros que se encuentren regidos bajo un contrato con todas las prestaciones sociales tienen derecho al auxilio de transporte, “una prestación a favor de los empleados (…) cuya finalidad es la de ayudarlos con gastos del transporte desde la casa al sitio de trabajo”, explica el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Asimismo, para determinar el valor que se pagará quincenal o mensual, las compañías tendrán que tener en cuenta lo establecido por el Gobierno Nacional, quien cada año ajusta este monto junto con el salario mínimo mensual legal vigente.
A pesar de que es una gran ayuda para el bolsillo colombiano, la norma menciona que no todo el mundo tiene derecho a recibirlo por dos factores importantes, entre ellos, la cantidad de salario que se recibe mensualmente.
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¿En cuáles casos no se recibe el auxilio de transporte?
Ahora, según explica la función pública, son causales de no recibir el auxilio de transporte los siguientes:
- Si la entidad proporciona transporte
- Si el empleado está de vacaciones, en licencia o suspendido en sus funciones.
¿En qué caso sí recibiría auxilio de transporte?
El auxilio de transporte lo recibirán quienes ganen menos de $2′600.000 COP; no obstante, “cuando el total devengado supera los dos salarios mínimos se debe pagar el auxilio de transporte solo si el exceso de dos salarios mínimos obedece al pago de horas extras, trabajo dominical o trabajo festivo”, sugiere el Ministerio de Justicia.
Ahora, hay otros casos que describe esta misma cartera en su página web.
- No contar con servicio de transporte suministrado por el empleador.
- Que usted tenga la necesidad de utilizar servicio público de transporte para llegar a su lugar de trabajo.
Adicionalmente, explica la Función Pública que este auxilio de transporte “se pagará únicamente en los días en que el trabajador preste sus servicios al respectivo patrono, y cubrirá el número de viajes que tuviere que hacer para ir al lugar de trabajo y retirarse de él, según el horario de trabajo”.