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Enfermedades por las que podrían negar la licencia de conducción, según resolución 0217

Conozca también las enfermedades que si son permitidas para acceder a la licencia de conducción.

Licencia de conducción, imagen de referencia de Getty Images. / AndreyPopov

La Resolución 217 de 2014 del Ministerio de Transporte de Colombia establece un marco normativo claro para la expedición de licencias de conducción, con un enfoque particular en la inclusión de personas con condiciones de discapacidad.

Esta normativa busca garantizar que todos los aspirantes a conductores, independientemente de sus limitaciones físicas o mentales, tengan la oportunidad de demostrar su capacidad para conducir de manera segura.

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La resolución detalla los procedimientos que deben seguir los Centros de Reconocimiento de Conductores para evaluar a los candidatos, asegurando que se realicen exámenes médicos exhaustivos que consideren las particularidades de cada persona. De esta manera, se promueve un sistema que no solo busca la seguridad vial, sino que también reconoce y valora la diversidad de capacidades en la población.

En cuanto a las limitaciones de salud que pueden influir en la entrega de una licencia de conducción, la resolución establece que los aspirantes deben ser evaluados por profesionales de la salud para determinar su aptitud.

Entre las condiciones que pueden ser consideradas limitantes se encuentran enfermedades neurológicas, como la epilepsia, que puede provocar convulsiones inesperadas; trastornos psiquiátricos, como la esquizofrenia, que pueden afectar el juicio y la percepción; problemas de visión, como la ceguera o la visión reducida, que impiden una adecuada percepción del entorno; y limitaciones físicas, como la amputación de extremidades, que pueden comprometer la coordinación motriz necesaria para conducir.

Cada una de estas condiciones debe ser evaluada cuidadosamente para garantizar que el candidato pueda operar un vehículo de manera segura.

La balanza entre inclusión y seguridad vial es un aspecto crucial en la regulación de la entrega de licencias de conducción. Por un lado, es fundamental promover la inclusión de personas con discapacidad, permitiéndoles acceder a oportunidades que les permitan participar plenamente en la sociedad.

Por otro lado, la seguridad vial es una prioridad, ya que un conductor que no esté en condiciones óptimas para manejar puede poner en riesgo no solo su vida, sino también la de otros usuarios de la vía. La resolución busca encontrar un equilibrio entre estos dos aspectos, permitiendo que aquellos que pueden demostrar su capacidad para conducir, a pesar de sus limitaciones, obtengan su licencia, mientras que se asegura que no se comprometa la seguridad en las vías.

Existen ciertas condiciones de salud que, aunque pueden presentar desafíos, no necesariamente impiden que una persona obtenga una licencia de conducción. Por ejemplo, personas con discapacidades físicas que utilizan prótesis o dispositivos de asistencia pueden ser evaluadas y, si demuestran su capacidad para conducir de manera segura, pueden recibir su certificado de aptitud.

Asimismo, aquellos con condiciones médicas controladas, como la diabetes o hipertensión, pueden acceder a licencias de conducción siempre que su estado de salud esté bajo control y no afecte su capacidad para manejar. La clave radica en la evaluación individualizada, donde los profesionales de la salud determinan la idoneidad del candidato en función de su situación particular.

La Resolución 217 de 2014 representa un avance significativo en la regulación de la entrega de licencias de conducción en Colombia, promoviendo la inclusión de personas con condiciones de discapacidad mientras se prioriza la seguridad vial.