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¿Qué pasa si no registra la sentencia de un divorcio en Colombia?

En Colombia un matrimonio o una sociedad conyugal pueden terminarse por acuerdo de ambas partes o por una sentencia de juez civil.

Divorcio

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El registro civil es un instrumento utilizado en el país para demostrar el estado civil de una persona. La cantidad de procedimientos que se deben hacerse públicos ante la Registraduría Nacional del Estado Civil o las distintas notarías es bastante amplia, incluyendo nacimientos, matrimonios y separaciones.

Para los casos de parejas que deciden comenzar una vida juntos, si su estado civil cambia, deben registrar su matrimonio. Si tiempo después la relación debe terminar, hay dos maneras de actualizar el estado: por mutuo acuerdo, en una notaría, o con un proceso delante de un juez civil.

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El resultado de un divorcio contencioso, que comienza porque solo una de las partes quiere divorciarse, será una sentencia que posteriormente debe registrarse. La Superintendencia de Notariado y Registro explica que todo acto que afecte el matrimonio debe constar en documentos oficiales.

“En el registro civil de nacimiento de los contrayentes y en el registro civil de matrimonio se debe hacer una anotación de todos los hechos y actos que afecten el estado civil, y uno de estos es el divorcio, la separación de cuerpos, de bienes, entre otros”, señala la entidad gubernamental.

¿Qué sucede si no se inscribe el divorcio?

Si la terminación de un matrimonio no se inscribe en la Registraduría, el divorcio no surte efectos. Es decir, el estado civil de quienes son parte de la pareja seguirá siendo el de casados, por lo que podrán seguir accediendo a derechos que les corresponde a los cónyuges.

Por ejemplo, sin un divorcio válido, una de las partes podría alegar ser cónyuge sobreviviente luego de la muerte de la otra, lo que implica que podrá heredar los bienes que no hayan quedado dentro de un testamento. En la práctica, el matrimonio como estado civil continúa.

En cambio, si el divorcio queda plenamente certificado, las partes podrían recuperar los objetos que entregaron como regalos o donaciones por cuenta del matrimonio. En caso de tener hijos, podrían realizar un acuerdo o recibir órdenes judiciales para su alimentación y manutención.

Si el divorcio es producto de una sentencia, la jurisdicción civil cuenta con mecanismos de ejecución con los que un juez puede ordenar la inscripción de la sentencia para que, así, formalmente cesen los efectos del matrimonio y arranquen los de la separación.

Y si la falta de una inscripción llega por cuenta de funcionarios, no de las partes, la Superintendencia de Notariado y Registro podrá intervenir. “La inscripción que no haya sido autorizada por el funcionario no adquiere la calidad de registro y es inexistente como tal”, dice el Decreto 1260 de 1970.

La norma regula el Estatuto del Registro Civil de las Personas e indica que la Superintendencia podrá, luego de verificar los hechos, “disponer que la inscripción sea suscrita por quien se halle ejerciendo el cargo” en la Registraduría que recibió la solicitud.

En última instancia, podría haber sanciones judiciales para quienes no registren el divorcio teniendo el deber de hacerlo, sin importar si es parte del matrimonio o si es el funcionario encargado de hacer que la disolución sea una realidad. El derecho civil y la acción de tutela son dos posibles opciones.

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