Renta Ciudadana: Estos son los únicos motivos por los que lo pueden suspender
Conozca cuáles son los criterios que constantemente revisa Prosperidad Social para darle continuidad a su subsidio.
Renta Ciudadana es uno de los programas del Gobierno Nacional con el que se busca la movilidad social de los hogares vulnerables (pobreza moderada o pobreza extrema).
De acuerdo con el Departamento Administrativo de Prosperidad Social, este subsidio busca contribuir a la superación de la pobreza a través de transferencias monetarias. “Su implementación se llevará a cabo de manera gradual y progresiva a través de diversas líneas de intervención”, detalla la entidad.
Sin embargo para ser beneficiario de este alivio, las familias deberán cumplir con unos requisitos específicos que deben estar en cumplimiento durante todo el tiempo que estén recibiendo el pago, de no ser así, podría ser suspendido.
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¿Quiénes son los beneficiarios de Renta ciudadana? Requisitos
De acuerdo con lo informado por la entidad, a través de su página web, para ser parte del subsidio, los hogares interesados deberán estar clasificados dentro del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (SISBÉN).
Tenga en cuenta que no se necesitará adelantar ningún proceso de inscripción adicional, pues Prosperidad Social se encarga de “la identificación, selección y vinculación de los hogares potenciales a través de registros administrativos de las fuentes oficiales que sean definidas”.
Estos son todos los requisitos que deberá cumplir:
- Estar registrado en el Grupo A del Sisbén IV.
- Padres con hijos entre los 7 y los 17 años.
- Estar categorizado en pobreza moderada.
- Ser parte de una comunidad indígena con hijos entre 7 y 17 años, identificados por Prosperidad Social.
- Firmar el Acta de Compromiso de Renta Ciudadana.
¿Por qué me pueden suspender de Renta Ciudadana?
Estos son los casos por los que lo pueden suspender del subsidio de Renta Ciudadana:
- Si existe una decisión oficial de una autoridad competente que ordene cambiar la custodia o establecer medidas temporales de protección para los niños, niñas y adolescentes.
- Si en el hogar hay un adolescente o joven vinculado al programa Jóvenes en Paz.
- Si no tiene una inscripción vigente de la persona titular y/o beneficiaria en uno de los siguientes registros administrativos: SISBÉN IV o los listados de población indígena construidos por Prosperidad Social mediante el cruce de información con las diferentes bases de datos.
- Si hay una incoherencia de la información entre los registros administrativos del Programa y otras fuentes de información disponibles en las siguientes entidades:
- Ministerio de Educación Nacional – MEN
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Salud y Protección Social y entidades vinculadas y adscritas al sector administrativo de Salud y Protección Social.
- Ministerio de Justicia y del Derecho
- Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Victimas – UARIV
- Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF
- Departamento Nacional de Planeación – DNP
- Registraduría Nacional del Estado Civil – RNEC
- Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Autoridades indígenas reconocidas por autoridades administrativas competentes de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio del Interior.
- Otras fuentes de Información privadas o públicas del orden nacional o territorial.
- Si el documento de identidad de las personas titulares y/o beneficiarias del programa no es vigente.
- Si las condiciones sociales y económicas de los hogares no están acordes a los criterios establecidos por el programa Renta Ciudadana, verificados con fuentes de información de las entidades mencionadas anteriormente.
- Si no hay suscripción del Acta de Compromiso y Corresponsabilidad.