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Tribunal negó tutela que interpuso Ricardo Roa contra el CNE

El exjefe de la campaña de ‘Petro Presidente’ pedía archivar la formulación de cargos que hizo el CNE; los magistrados también le negaron el amparo.

Ricardo Roa Barragán, presidente de Ecopetrol | Foto: Colprensa

Ricardo Roa Barragán, presidente de Ecopetrol | Foto: Colprensa / CAMILA DIAZ

El Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela que interpuso el exgerente de la campaña de ‘Petro presidente’ y actual presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), con la que buscaba anular la investigación que se abrió en su contra por presunta violación de topes electorales.

En el fallo de 8 páginas se advierte que no se vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de Justicia, postulación y defensa.

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“Desvirtuada queda la existencia de un perjuicio irremediable que pudiera ameritar un pronunciamiento en sede de tutela; además, no es posible extraer del expediente elementos de juicio de los cuales se infiera el daño inminente, palmario y trascendente que serviría de estribo para conceder la tutela como mecanismo transitorio, conforme permite el artículo 8º del Decreto 2591 de 1991. En otras palabras, brilla por su ausencia la prueba del perjuicio irremediable que aduce el promotor del amparo”, se lee en la decisión judicial.

En la tutela, Roa aseguró que se habían cometido errores durante el proceso y por ello pidió el archivo de la investigación; sin embargo, la magistrada ponente, Martha Isabel García Serrano, explicó que la tutela no era el mecanismo para hacer dicha solicitud.

Detalló que la tutela “no es el medio idóneo para lograr el archivo de la aludida investigación y/o controvertir las decisiones de la administración dentro del trámite de un proceso electoral”.

Cabe recordar que el CNE formuló cargos por la presunta violación de los topes electorales de la campaña presidencial por 5.355 millones de pesos en la primera y segunda vuelta de las elecciones.

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