Colombia Mayor: ¿cuál es la diferencia en dinero para menores y mayores de 80 años?
Con la entrega del décimo ciclo, hay variaciones en el monto que reciben los adultos mayores menores de 80 años.
El 17 de octubre el director de Prosperidad Social, Gustavo Bolívar, anunció el inició del pago del décimo ciclo del subsidio Colombia Mayor que beneficia millones de personas de la tercera edad en las diferentes regiones del país.
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Para este ciclo, los más de 1.6 millones de colombianos que son beneficiarios recibirán su pago a través de SuperGiros y sus aliados, entidad encargada de este trámite, pues este ciclo está enfocado a los adultos mayores que viven en zonas rurales y cabeceras municipales.
“El objetivo de este Gobierno es proteger al adulto mayor que carece de rentas o ingresos suficientes para subsistir o se encuentra en condiciones de extrema pobreza, a través de este recurso económico”, afirmó el director del DPS, Gustavo Bolívar.
¿Cuál es la diferencia económica para para mayores y menores de 80 años?
Para el décimo ciclo los adultos mayores de 80 años recibirán 225.000 pesos, mientras que a los menores de esa edad se les hará un desembolso de 80.000 pesos.
Con este aumento el Gobierno Nacional quiere fortalecer la capacidad financiera de los adultos mayores que viven en situación de vulnerabilidad.
¿Cuántos pagos de Colombia Mayor faltan en el 2024?
Para este 2024, solamente faltan dos ciclos más y corresponde a los meses de noviembre y diciembre, respectivamente. Si desea más información sobre las fechas de los depósitos deberá consultar los canales digitales de Prosperidad Social.
- Ciclo 11: mediados del mes de noviembre.
- Ciclo 12: mediados del mes de diciembre.
¿Cómo inscribirse a Colombia Mayor?
- El adulto mayor deberá acercarse a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.
- La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verificará el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
- Posteriormente, a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.
- A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
- Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un número de cupos establecidos para el programa; en la medida que estos se liberan, la asignación se realiza siguiendo en estricto orden los turnos asignados en cada ciclo.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse a Colombia Mayor?
Ser colombiano. Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional. Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres). Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
¿Cómo consultar si es beneficiario con el número de cédula?
Para conocer si es beneficiario del subsidio de Colombia Mayor debe comunicarse a través de los canales de comunicación del Departamento de Prosperidad Social.
De no ser así, podrá acercarse a la Oficina del Adulto Mayor de la alcaldía de su municipio y solicitar la información.
Consulte aquí el listado de municipios.