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MinMinas publicó borrador de decreto para racionamiento de gas por mantenimiento de planta

Según el Ministerio, durante esta intervención no se verá afectado el servicio de gas a las viviendas o comercios.

Imagen de referencia de gas. Foto: Getty Images. / Tim Graham

El Ministerio de Minas y Energía dio a conocer el borrador del decreto que anuncia un racionamiento programado de gas natural en Colombia entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Según el Ministerio, la medida busca asegurar el funcionamiento de las plantas térmicas que generan energía eléctrica para la región del Caribe, debido al mantenimiento programado que se va a realizar a la Regasificadora del Caribe (SPEC).

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“Es común declarar la priorización en la asignación del gas natural cuando una infraestructura o campo de producción entra a mantenimiento. Esta medida se declara bajo el nombre de racionamiento programado de gas natural, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1073 de 2015. Dicho mecanismo ya se ha utilizado en 2009, 2014 y 2021″, se lee en el borrador.

Sin embargo, el Ministerio detalla que con este mecanismo no se prevé afectar la demanda esencial que está compuesta por residenciales, pequeños comerciales y otros. “Las personas podrán seguir utilizando el gas en sus hogares sin tener problema alguno”.

De acuerdo con el proyecto, el racionamiento se dividiría de la siguiente manera: 84,6 millones de pies cúbicos los días 31 de octubre y 1 de noviembre; 75,7 millones el 2 de noviembre; 60,3 millones el 3 de noviembre; y 72,4 millones el 4 de noviembre.

El documento también establece un orden de prioridad para la atención de la demanda de gas. En primer lugar, se atenderá el consumo esencial, que incluye el gas para estaciones de compresión y usuarios residenciales y pequeños comercios. Luego, se dará prioridad al gas natural vehicular y finalmente a la industria.

Por su parte, el Consejo Nacional de Operación de Gas (CNOGas) será responsable de realizar los balances necesarios para obtener el gas natural que se destinará a la generación térmica de seguridad en el área Caribe 2. Esta gestión ocurre dentro de las obligaciones de energía firme (OEF) del cargo por confiabilidad, según lo estipulado en la Resolución CREG 071 de 2006.