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¿Qué hacer si la DIAN le embarga la cuenta bancaria? Alistan 11.950 embargos para octubre

Para saber si tiene deudas con la DIAN y de cuánto son, debe consultar su estado de cuenta en línea.

Embargo de cuenta bancaria, imagen de referencia. Foto: Getty Images

Embargo de cuenta bancaria, imagen de referencia. Foto: Getty Images

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), es una unidad administrativa especial del orden nacional con autonomía administrativa y presupuestal, adscrita al Ministerio de Hacienda.

Como parte de su función para garantizar la contribución de los ciudadanos, la entidad, a través del pago de impuestos y declaración de renta, puede embargar los bienes de los contribuyentes, buscando proteger, no solo sus intereses, sino los de toda la nación.

De allí que la ciudadanía del país deba rendirle cuentas de impuestos directamente a esta entidad con el objetivo de aportar al desarrollo económico de la Nación, acarreando con sanciones en caso de no cumplir con las responsabilidades financieras.

Según el artículo 837-1 de Estatuto Tributario existe un límite de embargabilidad, que señala que “para efecto de los embargos a cuentas de ahorro, librados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dentro de los procesos administrativos de cobro que esta adelante contra personas naturales, el límite de inembargabilidad es de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, depositados en la cuenta de ahorros, más antigua de la cual sea titular el contribuyente”.

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Sin embargo, es de destacar que este límite de embargabilidad no aplica para personas jurídicas.

¿Qué debe hacer si le embargan la cuenta bancaria?

La entidad afirma que los recursos que sean embargados permanecerán congelados en la cuenta bancaria del deudor hasta tanto sea admitida la demanda o el ejecutado garantice el pago del 100% del valor en discusión, mediante caución bancaria o de compañías de seguros.

Tenga en cuenta que una vez sea aceptada la demanda o por le contrario se realice el pago del 100% de la deuda, la entidad ejecutora debe ordenar el desembargo inmediato.

Cobro a morosos en octubre

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales anunció que entre el 11 y 31 de octubre realizará los cobros correspondientes a los deudores morosos en el marco de la décima jornada de “Al día con la DIAN, le cumplo al país”.

Siendo así, la entidad enviará la notificación a más de 42.700 contribuyentes que suman deudas de alrededor de $2.1 billones por impuestos a la renta, a las ventas IVA y al consumo.

Además, mencionan que “entre las acciones planeadas para todo el país por parte de la administración tributaria, están el embargo de 11.950 cuentas bancarias a contribuyentes con cartera morosa de hasta un año y medio de antigüedad; avalúo de 457 bienes secuestrados y programación de 491 diligencias de remate de bienes embargados”.

Finalmente, advierten que el incumplimiento de estas obligaciones financieras pueden llevarlo a la pena privativa de la libertad.

¿Cómo saber si tiene deudas con la DIAN? Paso a paso

Para saber si tiene deudas con la DIAN y de cuánto son, debe consultar su estado de cuenta en línea, para ello tendrá que estar registrado en la plataforma de la entidad y seguir los pasos a continuación:

  • Ingrese con su usuario y contraseña a la plataforma.
  • Diríjase al menú y seleccione la opción: “Obligación Financiera del Contribuyente”.
  • Encontrará a detalle sus obligaciones pendientes, así como las que se encuentran con excedentes o al día.

Es importante destacar que los valores no incluyen intereses moratorios ni la actualización de las sanciones, ya que estos se liquidan al momento de diligenciar el formulario de pago.

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