¿Cuándo se pierde el derecho a una herencia en Colombia? Indignidad sucesoral explicada
Algunos ejemplos para aplicar la indignidad sucesoral y cuál es el proceso para solicitarla,
En Colombia, recibir una herencia o un legado puede parecer una ganancia inesperada, pero está sujeto a ciertas obligaciones fiscales que el beneficiario debe cumplir. El artículo 1011 del Código Civil regula los impuestos aplicables a quienes reciben una herencia o un legado, los cuales se clasifican dentro de las transferencias patrimoniales.
A través del testamento, documento legal, una persona llamada testador, establece cómo desea que se administren sus bienes después de su muerte.
En Colombia, el Código Civil en su artículo 1055 define el testamento como un acto” más o menos solemne, en el que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él mientras viva”.
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Sin embargo, hay casos en los que se puede perder el derecho a una herencia en Colombia o simplemente desheredar a uno de sus hijos.
¿Cuándo se pierde el derecho a una herencia en Colombia?
Se trata de la indignidad sucesoral, que según el Ministerio de Trabajo, “es una sanción para las personas que son capaces de heredar y han vulnerado los bienes o a la persona que falleció, según unas condiciones específicas como el ocultamiento del testamento, el abandono a sus padres, entre otros”.
Algunos ejemplos para aplicar la indignidad sucesoral son:
- Si su padre sufría de alzheimer y nunca se interesó por el estado de salud y mucho menos por las necesidades y cuidado, pero sí se interesó por sus bienes.
- No interesarse por el estado de salud y mucho menos por las necesidades de el padre o la madre y pese a tener suficiente capacidad económica, se niega a suministrarle alimentos para su sustento, y lo abandona.
¿Qué hacer?
De acuerdo con la misma cartera, primero debe revisar si incurre en alguna de las razones que contempla la ley para ver con la afectación que se le haya generado al causante de la sucesión o sus bienes y debe presentar una demanda ante el juez de familia.
Posteriormente, el juez entrará a estudiar la demanda y en caso de ser aceptada, la persona indigna tendrá 20 días para responder. Además, tendrá 5 días de más para buscar pruebas (si tiene objeciones).
Luego, el juez convocará una audiencia para practicar pruebas y oír a las partes. Allí se tomará la decisión y si se declara la indignidad sucesoral, se perderá el derecho de que le asignen los bienes que le corresponderían como herencia.
Tenga en cuenta que esta indignidad no es válida cuando el heredero o legatario haya poseído los bienes por más de 10 años sin que se le haya declarado indigno.