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SIC revocó resolución que impedía conocer la declaración de renta de altos funcionarios

Tras una polémica por la dificultad que ha tenido la opinión pública para vigilar la declaración de renta de los altos funcionarios, a raíz de una resolución de tiempo atrás, la superintendente de Industria y Comercio anunció esta decisión.

Mujer calculando su declaración de renta - (Getty Images )

Tras una polémica por la dificultad que ha tenido la opinión pública para vigilar la declaración de renta de los altos funcionarios, por una resolución de 2022, la superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque, anunció que el 26 de septiembre se expidió la resolución 56588 de 2024.

“En ella, se revocaron en todas sus partes las decisiones que permitieron la anonimización de los datos de los funcionarios públicos, por no ajustarse al interés general inherente a los principios de publicidad y transparencia establecidos en la Ley 2013 de 2019″, señaló la funcionaria en sus redes sociales.

De esta manera, aseguró que han “allanado el camino para que Función Pública pueda garantizar las condiciones de publicación de la información de los servidores públicos y, en particular, la declaración de renta de los altos funcionarios del Estado Colombiano”.

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La nueva resolución señala que la SIC “considera que las decisiones anteriormente relacionadas no se ajustan al interés general inherente a los principios de publicidad y transparencia establecidos en la Ley 2013 de 2019, razón por la cual de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, a través del Oficio No. 22-20909-33 del 16 de septiembre de 2024 solicitó autorización al Director del Departamento Administrativo de la Función Pública para revocar las Resoluciones número No. 6698 del 18 de febrero de 2022, 69182 del 5 de octubre de 2022, 2986 del 1 de febrero de 2023 y 50640 del 25 de agosto de 2023″, se lee en la resolución conocida por esta emisora.

Tras ello, Función Pública autorizó.

Eso sí, esa entidad tendrá que reforzar las medidas de seguridad humanas, técnicas y administrativas “que sean apropiadas para el aseguramiento continuo del régimen de protección de datos personales, dentro del marco de discrecionalidad, adecuación y ponderación que le permite los principios de publicidad y transparencia establecidos en la Ley”.