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Corte exige a IPS proteger la reserva de la historia clínica en casos de IVE

Las instituciones de salud y los profesionales deben guardar la reserva de la historia clínica: Corte Constitucional sobre caso de filtración de datos confidenciales en interrupción voluntaria del embarazo, tras hostigamiento de una Fundación para disuadir a la paciente de su decisión.

Corte Consitucional | Foto: Cortesía

Corte Consitucional | Foto: Cortesía

La Corte Constitucional emitió un fuerte pronunciamiento sobre la confidencialidad de la historia clínica tras analizar el caso de una mujer, referida como Paula, cuya información médica fue filtrada sin su consentimiento cuando solicitó una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

Paula denunció que, tras acudir a su IPS, recibió comentarios inapropiados de una ginecóloga, quien le sugirió reconsiderar su decisión y “pedirle ayuda a Dios”. La institución, en lugar de realizar el procedimiento, la remitió a otro centro y, además, compartió su historia clínica con una Fundación sin su autorización. Esto provocó que tanto ella como su familia recibieran mensajes de acoso para disuadirla de practicarse el aborto.

La Corte concluyó que la IPS violó su deber de confidencialidad, así como el derecho de Paula a la intimidad y la autonomía. Asimismo, determinó que la Fundación accedió de manera ilegal a la historia clínica y ejerció una presión indebida y una serie de hostigamientos sobre la paciente.

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“En cuanto a la filtración de la información confidencial de la paciente a terceros no autorizados, la Sala estableció que la IPS tenía a su cargo la custodia de la historia clínica. Aunque existen protocolos para proteger los datos confidenciales de los pacientes, la Corte concluyó que el prestador es responsable por su manejo. En este caso, algunas personas adscritas a la IPS incumplieron el deber de confidencialidad al divulgar la información de Paula a la Fundación que la contactó sin su autorización”, señaló la Corte.

El alto tribunal reiteró que los datos contenidos en la historia clínica son confidenciales y ordenó una investigación interna en la IPS, así como una disculpa pública por parte de la Fundación. También dispuso que la IPS brinde apoyo psicológico a la afectada y realice capacitaciones para su personal sobre la importancia de mantener la reserva médica.

“La Sala ordenó a la Fundación redactar un documento en el que se ofrezcan excusas públicas a la demandante (anonimizando sus datos), no solo por haber accedido a su información confidencial, sino también por ejercer sobre ella una presión psicológica indebida”, agregó la Corte.

Asimismo, la Fundación deberá abstenerse de contactar a cualquier persona que, eventualmente, considere en situación de vulnerabilidad en el marco de la IVE, sin el consentimiento expreso de la titular.

Finalmente, la Corte ordenó remitir una copia de la decisión a las superintendencias de Salud y de Industria y Comercio, para que se tenga en cuenta en la investigación sobre la queja presentada por Paula por la comunicación ilegal que la Fundación estableció con ella y su familia con el fin de que desistiera de la IVE.

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