Chuzadas a Marelbys Meza: ¿excesiva o justa la condena contra los uniformados de la SIJIN?
Abogados penalistas se pronunciaron por el preacuerdo que terminó en condena de cerca de 10 años contra los patrulleros Alfonso Quinchanegua Quinchanegua y Dana Canizales.
En las últimas horas se conoció la primera condena por los hechos que rodearon las ‘chuzadas’ a Marelbys Meza, exniñera del hijo de Laura Sarabia, actual directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) y varias personas de su entorno cercano.
La condena contra los uniformados se dio tras la negociación con la Fiscalía General de la Nación de un preacuerdo por algunos delitos, mientras que se busca concretar un principio de oportunidad por violación de datos personales.
En W Radio, buscamos los antecedentes de la primera sentencia condenatoria en este caso y hablamos con abogados penalistas sobre si el monto de las penas impuestas fue justo o excesivo.
En el caso de los patrulleros Alfonso Quinchanegua Quinchanegua y Dana Canizales, firmaron un preacuerdo con la Fiscalía por los delitos de falsedad ideológica en documento público agravado, fraude procesal y falsedad material en documento público agravado, en el que se comprometieron a contar todo lo que sabían sobre las maniobras ilegales para lograr las autorizaciones de las interceptaciones de Marelbys Meza, exniñera del hijo de Laura Sarabia y de otras personas.
En una audiencia realizada el pasado 11 de septiembre y donde se socializó el preacuerdo, los patrulleros ofrecieron excusas públicas y dijeron que cumplieron órdenes de arriba.
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Entre tanto, la juez 53 Penal Municipal con función de Control de Garantías de Bogotá avaló los preacuerdos, pero decidió condenarlos por estos montos de pena.
- Dana Canizales: 112.12 meses de prisión, es decir 9 años y 4 meses de prisión.
- Alfonso Quinchanegua Quinchanegua: 120.75 meses de prisión, es decir 10 años y seis días de prisión.
(Los abogados de los patrulleros presentaron recursos de apelación).
En los documentos de preacuerdo quedó por fuera el delito de violación de datos personales que está siendo negociado con la Fiscalía a través de un principio de oportunidad (ambos patrulleros).
Al respecto consultamos a dos reconocidos abogados penalistas que consideraron que no existe nada irregular en los procesos y que es normal que se otorgue un preacuerdo mientras se avanza en la negociación de un principio de oportunidad.
Camilo Burbano dijo que es “absolutamente normal” que se combine un preacuerdo con un principio de oportunidad entre las negociaciones de la Fiscalía y las defensas de los procesados.
“Uno puede combinar varias figuras, por ejemplo: el principio de oportunidad, dependiendo de la causal, y un preacuerdo y una negociación que es una aceptación de cargos en última instancia que implica precisamente aceptar responsabilidad por una rebaja de pena”.
También explicó que con respecto a las penas que impuso la juez, “están bien tasadas”.
Igualmente, hablamos con el abogado Juan Felipe Criollo, quien señaló que no ve ninguna anomalía jurídica en los preacuerdos suscritos con los patrulleros y coincidió con su colega (Camilo Burbano) en que es muy común que se otorgue un preacuerdo por algunos delitos y que se negocie por otro u otros un principio de oportunidad.
Sin embargo, señaló que en los preacuerdos no se definió el monto de las penas a imponer por la aceptación de esos delitos y la juez quedó en la libertad de definir, por su cuenta, las mismas (penas).
Es decir, en los preacuerdos solo se tuvo en cuenta la degradación de la calidad de coautor a cómplice, pero no se determinó el monto de la pena (el tiempo de privación de la libertad) que, en este caso, es cercano a los 10 años.
Los abogados de la defensa de los patrulleros presentaron recurso de apelación que deberá ser resuelto por el Tribunal Superior de Bogotá.