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Fijan reglas para administradoras de ahorros de los que ganen más de 2,3 salarios mínimos

El Ministerio de Hacienda señala en el borrador de decreto que las administradoras de fondos de pensiones, comisionistas, entre otros, tendrán que tener un capital mínimo de $ 20.217 millones.

Persona con dinero colombiano. (Foto: Getty Images) / Leonardo Penuela Bernal

El Ministerio de Hacienda publicó el borrador de decreto que fija las reglas para las administradoras de fondos de pensiones (AFP), sociedades fiduciarias, compañías de seguros de vida, sociedades comisionistas de bolsa, Colpensiones y entidades sin ánimo de lucro autorizadas que administrarán las pensiones de quienes tengan ingresos de más de 2,3  salarios mínimos mensuales, como quedó establecido en la reforma pensional.

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Allí se establecen las reglas que deberán aplicar estas empresas relacionadas con: el régimen de autorización, administración y supervisión; gobierno corporativo; así como aquellas dirigidas a garantizar una libre y leal competencia.

El borrador señala que estas entidades tendrán que tener un capital mínimo, es decir, unos recursos mínimos de 20.217 millones de pesos.

Esto permitiría que cerca de 59 entidades puedan asumir este rol.

En cuanto al patrimonio, en el borrador se lee que “las sociedades administradoras de fondos de pensiones, las sociedades fiduciarias, las compañías de seguros de vida y las sociedades comisionistas de bolsa, que opten por administrar fondos de pensiones del componente complementario de ahorro individual se les exigirá los niveles de patrimonio adecuado y relación mínima de solvencia contemplados en el Decreto 2555 de 2010, para cada tipo de industria y en función de la naturaleza de cada entidad”.