¿Cuánto le descuentan si se gana el premio mayor de una lotería o el Baloto?
Si usted se gana un premio que supere las 48 UVT, debe pagar los impuestos de transacciones financieras, correspondientes al 4x1000, aplicado al valor bruto de cada uno de los pesos ganados.
Ganarse el chance o la lotería en Colombia puede ser una bendición para cualquier persona. Las cifras exorbitantes que anuncian los premios mayores y sorteos como el Baloto, les hacen abrir los ojos a más de uno, que en búsqueda de los millones, juegan con pasión sus juegos de azar.
Sin embargo, la realidad es que si usted es el flamante ganador de un premio considerable en la lotería, el chance o el Baloto, no va a recibir la totalidad del premio anunciado por los organizadores del sorteo y esto tiene unas razones claras y estipuladas por la ley.
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El principal descuento es el impuesto por ganancia ocasional, que equivale al 20% del valor total del premio. Este porcentaje aplica a premios que superen las 48 UVT, es decir, todo premio que sea mayor a los $2.259.120.
En este caso, este impuesto usted no debe pagarlo, sino que será la empresa de juegos de azar, la encargada de aplicar la retención en la fuente, pagando al Estado. Estos ingresos usted debe incluirlos en la declaración de renta como ganancias ocasionales.
En casos más específicos, como el de la Lotería de Bogotá, además de la retención del impuesto de ganancia ocasional, se le aplicaría una retención de 17%, que se va al Fondo Financiero Distrital de Salud y que es de pago obligatorio.
Pero esto no es todo. Si usted se gana un premio que supere las 48 UVT, debe pagar los impuestos de transacciones financieras, correspondientes al 4x1000, aplicado al valor bruto de cada uno de los pesos ganados.