Tendencias

La multa de tránsito más cara en Colombia es de $62 millones: ¿cuál es la infracción?

Todas estas multas están tipificadas en la ley del país, como por ejemplo el Código Nacional de Tránsito.

Agentes de tránsito revisando papeles y poniendo multas. Foto: Colprensa

Agentes de tránsito revisando papeles y poniendo multas. Foto: Colprensa

Todos los días en el país son interpuestas diferentes tipos de multas de tránsito a los conductores que circulan en cualquier vehículo por el territorio nacional, esto debido a que cometen infracciones de exceso de velocidad, movilizarse en pico y placa, usar el teléfono mientras se conduce, entre otras que acarrean multas que van desde lo económico, e incluso, la inmovilización del vehículo.

Generalmente, estas sanciones son colocadas por las autoridades competentes como los agentes de tránsito y por las ‘cámaras salvavidas’.

Así mismo, todas estas multas están tipificadas en la ley del país, como por ejemplo el Código Nacional de Tránsito.

Refiriéndonos a esto último, el Código define la multa como una “sanción pecuniaria (…) [que] debe entenderse en salarios mínimos diarios legales vigentes” y, dependiendo de la falta que se cometa, esta iría desde los 4 SMDLV en adelante; asimismo, existe la posibilidad de que el agente de tránsito en ciertos casos inmovilice el vehículo y suspenda la licencia de conducción.

Le puede interesar

¿Cuál es la multa de tránsito más cara en Colombia?

De acuerdo con la norma, las multas categorizadas como tipo ‘E’ son las más costosas, al punto de que si se incurre en alguna de ellas, los conductores o propietarios de los vehículos podrían ser sancionados con cuantías equivalentes a 45 salarios mínimos legales diarios vigentes o $1′950.000 COP en 2024. Teniendo esto en cuenta, le compartimos a continuación cuáles pertenecen a esta categoría:

  • Proveer combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordo.
  • Negarse a prestar el servicio público sin causa justificada, siempre que dicha negativa cause alteración del orden público.
  • Transportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas como explosivos, tóxicos, radiactivos, combustibles no autorizados, etc. En estos casos se suspenderá la licencia por un (1) año y por dos (2) años cada vez que reincida. El vehículo será inmovilizado por un (1) año cada vez.

Dentro del rango de más costosas, también se encuentra la multa tipo ‘F’, en la que se indica lo siguiente:

  • Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Si se trata de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción, la multa y el período de suspensión de la licencia se duplicarán. En todos los casos de embriaguez o alcoholemia, el vehículo será inmovilizado.

El conductor sancionado deberá pagar cuantías equivalentes a 90, 135, 180, 270, 360, 540, 720, 1.080 o 1.440 salarios mínimos diarios, dependiendo de la reincidencia y grado de alcoholemia que tenga en la sangre. En ese sentido, cancelaría sumas desde los $3′900.000 hasta $62′400.000 COP.

Y es que esos 62 millones de pesos, como se mencionó, se enfocan en la reincidencia y el grado, pues esta multa es cuando se reincide por tercera vez en tercer grado de alcoholemia.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad