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La forma en la que puede lograr que su casa no sea embargable

Tenga en cuenta que aunque usted no tenga propiedades a su nombre, lo pueden embargar.

Embargo de vivienda. Foto: Getty Images.

Embargo de vivienda. Foto: Getty Images. / athima tongloom

En Colombia, si una persona debe una alta suma de dinero o ha incumplido con un compromiso de pago adquirido previamente, podrá ser demandado por el acreedor con el fin de que este reclame no solo el capital adeudado sino también los intereses correspondientes.

Este proceso implica que un juez decrete la medida de embargo y secuestro de bienes de la persona demandada si considera que estos pueden respaldar la deuda en cuestión.

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En caso de que la deuda se produzca porque el titular de una hipoteca acumule una deuda significativa o enfrente dificultades económicas, podría negociar una reestructuración de la deuda con el banco para ampliar el plazo de pago o reducir la tasa de interés.

En caso de que el banco no acepte la propuesta, podría optar por el embargo como una medida para recuperar el dinero que se adeuda.

¿Cómo saber si tiene un embargo en curso?

En muchas ocasiones, las personas tienen un embargo a su nombre por deudas que no sabían que tenían, por esto, es importante verificar constantemente su estado de cuenta en entidades financieras, cooperativas o bancos donde alguna vez haya adquirido un producto.

Asimismo, podrá verificar a través del Registro Único de Deudores (REDAM) de la Superintendencia Financiera de Colombia si tiene embargos por impago de pensión de alimentos, una de las causas más comunes por las que pueden incautar sus bienes.

Por último, revise su puntaje crediticio y posibles reportes negativos ante centrales de riesgo como Datacrédito.

La forma en la que puede lograr que su casa no sea embargable

Hay opciones que impiden que los bienes puedan ser embargados como constituir el patrimonio o la vivienda familia. Sin embargo, hay que destacar que las entidades que prestan dinero muchas veces se oponen a recibir este tipo de inmuebles como garantía. De esta manera, desde el comienzo no servirán para avalar una obligación crediticia.

Este trámite se puede realizar en cualquier notaría, no es necesario contar con abogados y su valor depende de las tarifas de estas entidades. En ese orden de ideas, las personas pueden poner a salvo el patrimonio familiar hasta lo 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes (casas, apartamentos, lotes, fincas) de posibles hipotecas, embargos, secuestros y remates, que buscan garantizar el pago de una deuda.

Según detalla la herramienta estatal LegalApp, hay tres pasos claves para lograr que su casa no sea embargable:

1. Las personas pueden constituir patrimonio de familia a través del testamento o por acto entre vivos, es decir, por una donación, con el fin de manifestar su voluntad ya sea en vida o lo que quiere que suceda después de su muerte.

2. De manera voluntaria, el padre, la madre, los dos de común acuerdo, o un tercero podrán constituir por escritura pública patrimonio de familia inembargable ante el notario del círculo donde se encuentre ubicado el inmueble objeto de la medida, el cual no puede superar los 250 salarios mínimos. Para esto, se deben cumplir los siguientes requisitos:

- Quien va a constituir el patrimonio de familia sea el legítimo y único propietario.

- Que el bien no esté agravado con censo o anticresis ni con hipoteca, salvo que esta última se haya constituido para la adquisición del inmueble.

- Que se encuentre libre de embargo.

3. Esta figura debe inscribirse en la oficina de registro de instrumentos públicos para que el inmueble no sea objeto de medidas cautelares de embargo y secuestro. Tampoco podrá ser rematado para el pago de una deuda.

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