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Enrique Vargas Lleras solicita arresto a Petro por desacato; el caso llegaría al Congreso

El constitucionalista Juan Manuel Charry y el exmagistrado Hugo Bastidas explicaron en La W que, aunque el juez resuelve la tutela, el fuero de Petro podría llevar el caso al Congreso.

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Enrique Vargas Lleras y Gustavo Petro | Fotos: Colprensa

El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry explicó en los micrófonos de La W el trámite de la tutela en casos específicos contra el presidente de la República.

En referencia al reciente incidente de desacato interpuesto por Enrique Vargas Lleras contra el presidente Petro, Vargas Lleras argumenta que el plazo para cumplir la orden judicial ya venció, pese a que el 13 de septiembre el mandatario publicó en su cuenta de X un documento donde afirmó estar “cumpliendo el fallo de tutela”, aunque basándose en una “objeción de conciencia”.

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En decir, Enrique Vargas Lleras no quedó conforme con la retractación y solicitó arresto y multa para el presidente si continúa incumpliendo la orden judicial de retractarse.

El abogado Charry explicó que es el juez quien decide si se cumplió o no la tutela: “si no se cumplió y no hay razones válidas, las sanciones aplicables son arresto hasta por seis meses o multa de 20 SMLMV. El juez de tutela determina si hay incumplimiento. En el caso de una persona con fuero, como el presidente de la República, la sanción es decidida por el Congreso de la República”.

Por otro lado, el exmagistrado del Consejo de Estado, Hugo Bastidas, detalló en La W el procedimiento dentro del Consejo de Estado, dado que la reciente decisión proviene de este alto tribunal.

“En el Consejo de Estado debe seguirse un trámite conforme a la ley de tutela y la Constitución. En este caso, es crucial tener en cuenta el fuero presidencial. Para imponer la pena de arresto prevista en el ordenamiento a una autoridad que incumple una orden de tutela, es necesario considerar el fuero presidencial”, explicó Bastidas.

Añadió que, inicialmente, la sala que resolvió la tutela debe estudiar si hay desacato. Si determina que hubo incumplimiento, podría proponer una sanción que sería revisada inmediatamente por el superior jerárquico de esa sala, que sería la misma que conoció la apelación. “Por la importancia jurídica, podría pasar a la sala plena”, concluyó Bastidas.

Finalmente, enfatizó que el caso terminaría en la Comisión de Acusaciones del Congreso.

Escuche la entrevista completa en La W:

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