Chuzadas del DAS: Consejo de Estado condenó al Estado por interceptaciones a Jaime Araújo
La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Estado Colombiano a pagar perjuicios por las interceptaciones, seguimientos ilegales y campaña de desprestigio contra el magistrado de la Corte Constitucional.
El Consejo de Estado condenó al Estado colombiano a pagar perjuicios por las interceptaciones, seguimientos ilegales y campaña de desprestigio contra el magistrado de la Corte Constitucional, Jaime Araujo Rentería, en medio del escándalo de las “Chuzadas del DAS”.
El Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia que había absuelto al Estado y en su lugar dispuso su condena y determinó que “la intromisión en la vida privada de los ciudadanos o la recopilación información a ella con el objeto de utilizarla indebidamente, genera perjuicios morales que se traducen en los sentimientos de inseguridad, zozobra, desconfianza y vulnerabilidad que genera esa situación”, señala el fallo.
Y señaló que en este caso se acredita que el DAS, sin autorización legal, adelantó operaciones ilegales dirigidas a rastrear a particulares y a funcionarios públicos, y está demostrado que dentro de la entidad se creó un organismo para este propósito.
Las sospechas del demandante acerca de que era víctima de este tipo de seguimientos eran fundadas, y las autoridades competentes no ofrecieron explicaciones ni adelantaron alguna acción inmediata dirigida a conocer cuáles eran las razones que motivaban sus sospechas, a establecer si efectivamente era objeto de interceptaciones, a corregir situaciones irregulares y a comunicar tales acciones al exmagistrado:
“Con los medios de prueba allegados al proceso se acreditó que, en 2003, se creó ilegalmente dentro del DAS un grupo especial denominado G-3, que tenía por objeto realizar seguimientos ilegales a particulares y a funcionarios públicos”.
A partir de la investigación penal adelantada con ocasión de esos hechos, se pudo determinar que el G-3 también realizó seguimientos ilegales al demandante Jaime Araújo Rentería, en calidad de magistrado de la Corte Constitucional: “Y está demostrado también que las autoridades públicas fueron omisivas en relación con las peticiones formuladas por el el exmagistrado”, señaló.
El Estado fue condenado a pagar 20 salarios mínimos por perjuicios morales al demandante y también fue condenado a medidas no pecuniarias, como ofrecer excusas públicas al demandante.