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DNI responde a críticas por la modificación de la estructura y objetivos de la entidad

Juristas señalan que los cambios son inconstitucionales en la medida en que se permitirán intercepciones ilegales a funcionarios públicos y magistrados.

DNI

Varias críticas y demandas han surgido contra el decreto 1077 del 23 de agosto, mediante el cual el Gobierno modifica la estructura del Departamento Administrativo - Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y dicta otras disposiciones.

Ante esto, el Departamento Administrativo Nacional de Inteligencia emitió un comunicado asegurando que la modificación del DNI “se trata, únicamente, de una reestructuración interna de cargos y dependencias ya existentes desde la creación de la entidad. De ninguna manera implica, contrario a lo señalado por algunos medios de comunicación, la asignación de funciones o competencias distintas a las contenidas en la Ley de Inteligencia 1621 de 2013 y el Decreto 4179 de 2011, que creó el DNI”.

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También justifican la expedición del decreto en la necesidad de “optimización de la función pública y efectividad de la misionalidad de las actividades de inteligencia y contrainteligencia que realiza la entidad, en estricto cumplimiento de los mandatos legales para los cuales fue creada. En esa medida, es importante destacar que la habilitación legal para la recolección de información por medio de fuentes humanas, medios técnicos y abiertos en las actividades de contrainteligencia existe desde la expedición del decreto reglamentario que crea el DNI y la Ley de Inteligencia; por tanto, los cuestionamientos respecto a la novedad de dichas actividades carecen de fundamento”.

Finalmente, aseguraron que los cambios se realizan para cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exigen modificar la ley de inteligencia y los manuales de las agencias de inteligencia, con el fin de cumplir con los estándares internacionales de derechos humanos y derecho internacional humanitario.