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Gobierno radicó ley de Jurisdicción Agraria y reabrió debate sobre “expropiación exprés”

La ley ordinaria tiene como objetivo determinar las competencias de los jueces agrarios y el tipo de conflictos que resolverán.

Gobierno radicó ley de Jurisdicción Agraria. Foto: Prensa Gabriel Becerra

Gobierno radicó ley de Jurisdicción Agraria. Foto: Prensa Gabriel Becerra

El Gobierno del presidente Gustavo Petro radicó nuevamente el proyecto de ley ordinaria para reglamentar la Jurisdicción Agraria, luego de que en el periodo anterior se hubiese archivado por falta de consenso y tiempo para su discusión.

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La iniciativa fue presentada por la bancada de la coalición del Pacto Histórico, junto a la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, y el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.

Hay que mencionar que la Jurisdicción Agraria sería un tribunal exclusivo para resolver disputas sobre la propiedad de la tierra en el país. Y aunque ya se aprobó el proyecto de acto legislativo que crea el mecanismo y la iniciativa que le da estructura, aún falta el proyecto que le otorga las funciones y competencias.

Esa iniciativa con las funciones ya había sido presentada durante el periodo pasado, pero se hundió en la Comisión Primera del Senado, donde los partidos Centro Democrático y Cambio Radical le hicieron una fuerte oposición.

Así, la ley ordinaria tiene como objetivo determinar las competencias de los jueces agrarios y el tipo de conflictos que resolverán, como los relacionados con la posesión y tenencia de la tierra, las servidumbres agrarias, el deslinde y otros asuntos relacionados.

¿”Expropiación exprés”?

El proyecto no llega libre de polémicas, pues algunos congresistas han denunciado que incluye un mecanismo de “expropiación exprés”.

De hecho, la representante Katherine Miranda, de la Alianza Verde, se refirió al artículo 5 del proyecto, que establece que podrían ser sujetos de expropiación aquellos terrenos que vayan en contravía de la “conservación de las aguas, los bosques y los suelos (...) y la concentración improductiva u ociosa de las tierras es contraria a la utilidad pública y al interés social”, dice el texto.

Miranda agregó que “lo más grave está en el parágrafo 1º del artículo 12. Allí se señala que los procedimientos especiales como los de expropiación serán resueltos por la Agencia Nacional de Tierras, una entidad administrativa, cuando hoy lo hace un juez de la República”.

En todo caso, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, negó tal intención y afirmó que “no tiene nada que ver esta ley con la expropiación, entre otras cosas porque siempre se mencionaba que lo que se buscaba era saltarse la instancia judicial, y aquí lo que estamos es señalando que toda decisión sobre la tierra será tomada por un juez”.

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