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Consecuencias legales de falsificar una excusa médica; está en el código penal

Este tipo de excusas médicas que, por lo general, suelen conocerse como incapacidades, están categorizadas dentro de la ley colombiana como un documento privado.

Excusa médica imagen de referencia. Foto: Getty Images.

Excusa médica imagen de referencia. Foto: Getty Images. / Thanasis

En Colombia, así como en muchas otras partes del mundo, se suelen expedir excusas médicas para cada paciente en los diferentes centros hospitalarios del territorio, en dado caso que este las necesiten para sustentar su no presencia en el trabajo, universidades, colegios, entre otros.

Este tipo de excusas médicas que, por lo general, suelen conocerse como incapacidades, están categorizadas dentro de la ley colombiana como un documento privado, por lo que su falsificación podría traer consecuencias.

“Las incapacidades médicas se dan cuando un trabajador sufre de una enfermedad o accidente y para su recuperación requiere un tratamiento médico con descanso físico, lo que no le permite trabajar”, explica el Ministerio del Trabajo en su página web.

Sin embargo, el falsificar este documento es un delito.

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¿Hay consecuencias legales de falsificar una excusa médica?

La respuesta a esta pregunta es sí, y está tipificada como delito en el artículo 289 del Código Penal Colombiano.

El que falsifique documento privado que pueda servir de prueba, incurrirá, si lo usa, en prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses”, dice el documento.

La web Conceptos Jurídicos también explica que “un documento privado es aquel que ha sido creado entre particulares sin la intervención de un funcionario público o sin estar destinado a ser un documento público”.

¿Qué tipos de incapacidad o licencia existen?

De acuerdo con EPS Sura, estos son los tipos de incapacidades médicas que existen:

  • Incapacidad por medicina general o especializada.
  • Incapacidad por accidente de trabajo.
  • Licencia de maternidad.
  • Licencia de paternidad.
  • Licencia de aborto.

De acuerdo con el Gobierno Nacional, el empleador será quien solicite directamente a la EPS las certificaciones de incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad. El trabajador incapacitado no tendrá que esperar horas, ni trasladarse a ninguna parte para certificar la incapacidad otorgada por el médico.

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