Dos elementos que no pueden faltar cuando se moviliza en moto: evite multas
Si las autoridades lo detienen y le falta alguno de estos elementos, se expone a una multa de importante valor.
Luego de que el Senado de la República aprobara el proyecto 310 de 2023, ahora ley, se logró la igualdad en las sanciones para carros y motos en Colombia, lo que quiere decir que las motocicletas no serán inmovilizadas por cualquier infracción.
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No obstante, hay algunas normas que permanecen inalteradas para las y serán castigadas por las autoridades de movilidad.
Una de las faltas más comunes entre los motociclistas en Colombia es transitar sin casco o chaleco reflectivo por las calles de las principales ciudades y carreteras a nivel nacional.
Según la ley 769 de 2002, que estipula las multas de tránsito para las motos y permanece inalterada, la sanción es de 650.000 pesos.
¿Cuándo se debe usar el chaleco o prendas reflectivas?
La ley estipula que estas deben ser visibles desde las 6:00 de la tarde y hasta las 6:00 de la mañana, periodo de tiempo en el que la visibilidad se ve reducida por la oscuridad de la noche.
El usar estos dos elementos puede salvar la vida de los motociclistas, pues evita notablemente los accidentes de tránsito al hacerlos visibles para otros vehículos.
Otras multas frecuentes en los motociclistas
- Conducir a alta velocidad: 650.000 pesos de multa
- Parquear la moto en lugares restringidos: 650.000 pesos de multa
- Manejar sin portar la licencia de conducción: 346.666 pesos de multa
- No portar la revisión técnico mecánica: 650.000 pesos de multa
- Pasarse los semáforos en rojo: 1.3 millones de pesos de multa
- Conducir en contravía: 1.3 millones de pesos de multa
- Conducir por andenes: 650.000 pesos de multa
- Irrespetar el paso peatonal: 650.000 pesos de multa
¿Cuáles son las multas por las que ya no se pueden llevar su moto a los patios?
Se propone modificar los siguientes artículos. Recuerde, si un oficial de tránsito se va a llevar su moto por alguna de estas infracciones, usted puede hablarle sobre esta nueva medida, y solo le podrá poner el comparendo respectivo.
- D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- D.4. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
- D.5. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
- D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
- D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.
¿Cómo consultar multas de tránsito para motos?
A través de la página del SIMIT, el sistema integrado de transporte en Colombia, los ciudadanos podrán consultar si tienen pendientes multas de tránsito.
Para conocer sus multas de tránsito puede acceder a https://fcm.org.co/simit/#/home-public
Allí puede consultar con el nombre del propietario o la placa del carro si tiene comparendos.