Consejo de Estado unificará criterio por sanciones de la PGN a elegidos por voto popular
Se trata de la revisión automática que deberá hacer el alto tribunal a las sanciones contra elegidos por voto popular que falle la Procuraduría General de la Nación.
¿Cuáles son las facultades jurisdiccionales de la Procuraduría? Explica Consejo de Estado
10:32
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Presidente del Consejo de Estado y magistrado de la sección cuarta, Milton Chaves García. Foto: Suministrada.
El presidente del Consejo de Estado y magistrado de la sección cuarta, Milton Chaves García, habló en los micrófonos de La W, acerca de una decisión que está próxima a salir en sala plena.
Se trata de la revisión automática que deberá hacer el alto tribunal, a las sanciones contra elegidos por voto popular que falle la Procuraduría General de la Nación.
En una reciente decisión, el presidente del alto tribunal, Miltón Chaves, determinó que una tutela instaurada por la Procuraduría contra la decisión de la sección segunda del Consejo de Estado de tumbar sus fallos, bajo el argumento de la sentencia de la Corte IDH, no era procedente ni cumplía con el requisito de relevancia constitucional, por lo que la declaró improcedente, sin embargo, otra decisión del magistrado Martín Bermúdez, suspendió más de nueve decisiones judiciales que tumbaron los fallos de la Procuraduría.
Ahora, por este choque interno de jurisprudencia entre secciones del Consejo de Estado, el presidente Milton Chávez decidió que, muy pronto, el alto tribunal unificará criterio.
Chávez explicó que la decisión del magistrado Bermúdez fue individual y es una medida cautelar: “considero seguramente que había que tomar medidas cautelares previas, pero obviamente está pendiente que se decida de manera definitiva en esa misma sala qué va a pasar con esa tutela”, señaló el magistrado.
Por otra parte, el presidente del Consejo de Estado, Milton Chaves García explicó su reciente decisión, con la que declaró que la tutela de la Procuraduría era improcedente: “la sección cuarta del Consejo de Estado decidió que esa tutela que se había presentado era improcedente porque no tenía los requisitos mínimos para poder ser revisada de fondo, en esa medida, esa tutela específicamente no podía permitir fallos de fondo que había tomado el juez natural, que es la sección segunda del Consejo de Estado, tengamos en cuenta que las tutelas son mecanismos extraordinarios, las decisiones las tomó, en su momento la sección segunda del Consejo de Estado, y en este caso la Procuraduría presenta unas acciones de tutela porque considera que se le vulneraron derechos fundamentales, en el caso último que usted menciona, consideramos que era improcedente, y en el caso del doctor Martín se tomó la medida cautelar”, dijo el magistrado.
Por lo que concluyó, que por esta diferencia de criterios en sala plena unificará jurisprudencia: “yo espero que en unos días ya tengamos la noticia de que hemos unificado jurisprudencia para que haya más tranquilidad de parte de toda la ciudadanía”, dijo Chaves.
Escuche la entrevista completa a continuación:
¿Cuáles son las facultades jurisdiccionales de la Procuraduría? Explica Consejo de Estado
10:32
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