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JEP cierra definitivamente la puerta a patrullero que trabajaba con “hacker” Sepúlveda

La jurisdicción señaló que al margen de que los confesos delincuentes buscaran afectar el proceso de paz con las Farc en 2014, fueron motivados por intereses económicos y no por el conflicto armado.

Hacker Andrés Sepúlveda

Hacker Andrés Sepúlveda(Colprensa)

La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó de forma definitiva el sometimiento del expatrullero de la Policía, Ignacio David Parra Amín, condenado por su participación en el escándalo de interceptaciones al proceso de paz con las Farc, que involucró al “hacker” Andrés Sepúlveda y salpicó en su momento a Óscar Iván Zuluaga.

El tribunal transicional consideró que al margen de que las conductas por las que fue condenado Parra Amín, tales como vender información reservada sobre las Farc, bases de datos e información de inteligencia, cuando se encontraba en el Grupo de Terrrorismo de la Policía (GRUTE) con el fin, según el patrullero de “atacar el proceso de paz”, no se cumple el factor de competencia.

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En el escrito que Parra le entregó a la JEP, explicó su contacto con el “hacker” Sepúlveda para venderle la información; afirmó que se buscaba dañar el proceso de paz y beneficiar la candidatura de Óscar Iván Zuluaga y el Centro Cemocrático con el fin de “perpetuar” el conflicto armado.

“Se trataba de una sede de campaña “reservada” del partido político Centro Democrático (enemigo público del proceso de paz y de los acuerdos de la Habana), financiada con dineros de la campaña presidencial, desde la cual se planeaba y ejecutaba toda la estrategia de la “campaña negra” para lograr el acceso a la Presidencia de la República por parte del candidato ÓSCAR IVAN ZULUAGA a partir de atacar la campaña del entonces candidato-presidente JUAN MANUEL SANTOS”, aseguró Parra Amín.

Al margen de todo lo anteriormente expuesto, la jurisdicción consideró que no era competente para admitir el sometimiento de Parra Amín, debido a que, aunque los hechos por los que fue condenado tienen relación con el conflicto, su interés al vender la información era simplemente el enriquecimiento ilícito, aunque este argumenta lo contrario.

“En el presente caso, es evidente que el hecho punible tuvo, entre sus móviles, el enriquecimiento personal ilícito del solicitante, pues recibió dinero a cambio de la filtración. Y también puede concluirse, a partir de otros argumentos, que dicho ánimo fue la causa determinante del ilícito”, concluyó la jurisdicción.

Además de rechazarlo por ese proceso en el que fue condenado, la JEP también le dio un “portazo” al patrullero Parra Amín frente a la otra sentencia que afronta, por manipular el sistema de investigaciones judiciales de la Fiscalía (SPOA) en favor de Juan Carlos Huérfano, amigo del “Hacker” Sepúlveda, y extraer información reservada.

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