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¿De cuánto es el subsidio de vivienda de un oficial de Policía? Condiciones para recibirlo

¿Conoce el subsidio de vivienda para oficiales, suboficiales y soldados profesionales? Aquí le contamos todo lo que debe saber de este beneficio.

Foto: Policía Nacional de Colombia.

Foto: Policía Nacional de Colombia.

El Ministerio de Defensa, de acuerdo con el Decreto 2636 de 2022, garantizó la continuidad de los subsidios de vivienda para los miembros de la Fuerza Pública, sin que el valor en pesos sea menor que el del año anterior. Con esta iniciativa el Gobierno se encargó de asegurar las condiciones de vida dignas, donde la adquisición de vivienda desempeña un papel fundamental.

Se establecieron nuevos criterios para calcular los subsidios de vivienda para los integrantes de la Fuerza Pública, lo que implicó un ajuste diferente al de años anteriores.

A pesar de las restricciones económicas y presupuestales ampliamente conocidas, el Gobierno Nacional decidió mantener y respaldar los subsidios de vivienda, priorizando el bienestar de la Fuerza Pública y promoviendo la equidad en reconocimiento a su labor.

El Decreto argumenta que los subsidios de vivienda para el personal de la Fuerza Pública fueron implementados por la Ley 395 de 1994 y se vincularon al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV).

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El subsidio de vivienda para policías y militares en Colombia, como lo establece la ley, está sacado del 3% de la nómina anual del personal vinculado al Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional, con carácter de subsidio para vivienda. Está organizado de la siguiente manera:

  • Oficiales: más de 121 millones de pesos.
  • Suboficiales y nivel ejecutivo: alrededor de 54 millones de pesos.
  • Soldados e infantes de marina profesionales y agentes: alrededor de 47 millones de pesos.

Estos subsidios se otorgan a través de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía (CPVMP) y se destinan a la compra de vivienda nueva o usada, o para la construcción de vivienda nueva.

Requisitos para acceder al subsidio

Los oficiales, suboficiales, soldados profesionales de las Fuerzas Militares y el personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado a la caja promotora de vivienda militar y de policía.
  • Tener entre 18 y 56 años al momento de hacer la solicitud.
  • Tener una antigüedad mínima de dos años en el servicio activo.
  • No ser propietarios de vivienda propia.
  • Contar con los recursos complementarios necesarios para la compra o construcción de la vivienda.

El valor del subsidio se destina a la cuota inicial de la vivienda y se puede complementar con créditos hipotecarios o con el ahorro del afiliado.

Para más detalles sobre este subsidio consulte el link: https://www.cajahonor.gov.co/Paginas/default.aspx

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