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Valor de la cuota moderadora y copagos en 2024, según el SMLMV que recibe: ¿cuánto es?

¿Lo sabía? Estos son los valores de la cuota moderadora y copagos de las EPS dependiendo de su salario mínimo. Aquí los cálculos para que sepa cuánto debe pagar.

Foto: GettyImages

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Los copagos y las cuotas moderadoras son un pago que deben llevar a cabo los afiliados cotizantes los beneficiarios del Sistema de Seguridad Social en Salud cada vez que utilicen los servicios prestados por las EPS, como las citas de médico general, odontología y demás valoraciones.

Según el artículo 187 de la Ley 100 de 1993, estos se crearon con el fin de que los beneficiarios puedan contribuir a la financiación del servicio, estableciendo unos montos máximos acorde al valor del incremento del UVT para el año en curso.

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Es importante destacar que para 2024 el Ministerio de Salud realizó las actualizaciones del monto tanto de copagos como cuotas moderadoras para el régimen contributivo y subsidiado, basados en el incremento del UVT para 2024, es decir, $47.065.

¿Cuál es el valor de la cuota moderadora y del copago en 2024?

Los valores de cuota moderadora y copago serán cobrados de forma obligatoria en todas las EPS del país que hagan parte del régimen subsidiado y contributivo. El monto de estas cambiará dependiendo del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) de cada ciudadano, y se calculará basado en el salario diario.

Estos son los valores de la cuota moderadora para 2024

SalarioValor cuota moderadoraValor cuota moderadora (redondeado)
Menos de 2 SMLMV4.550 (10,97%)$4.500
Entre 2 y 5 SMLMV19.199 (10,97%)$18.200
Más de 5 SMLMV47.718 (10,97%)$47.700

Estos son los valores del copago para 2024

SalarioCopago
Menos de 2 SMLMV11,50%
Entre 2 y 5 SMLMV17,30%
Más de 5 SMLMV23,00%

Es importante destacar que en temas de servicios como cirugía u hospitalización con atención no quirúrgica estos valores pueden verse modificados.

¿Quién no tiene que pagar ni copago ni cuota moderadora?

Según expresa el Acuerdo 0365 de 2007 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, existe una población específica a la que no se le deben cobrar los copagos.

La regulación explica que los copagos y las cuotas moderadoras en ningún caso pueden convertirse en una barrera para el acceso a servicios de salud de los más pobres, es decir, los que se encuentran en el régimen subsidiado de salud clasificados en el Nivel I del Sisbén.

Para mayores detalles, conozca a continuación el documento expedido por el Gobierno Nacional donde se estipulan estos montos:

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