Comparendo D12: a qué infracción corresponde, cuánto vale y cómo se podría impugnar
¿Le impusieron una multa D12? Conozca esta infracción impuesta recurrentemente por trabajar con aplicaciones de transporte. Aquí los detalles.
Las multas de tránsito pueden significar un cambio drástico en la rutina personal durante unos días, pues consigo llegan los trámites de realizar un curso pedagógico, efectuar el pago de la infracción o impugnar en caso de considerar un error en la sanción.
Existe una serie de multas bastante largas, las cuales se dividen en categorías A, B, C, D y E, siendo la A la categoría más leve y E, la más grave, el coste de la infracción se determina de acuerdo al salario mínimo legal diario vigente.
La posibilidad de aplicar a los descuentos en dichas infracciones es un trámite que se debe realizar en los primeros días hábiles posteriores a la imposición de la multa, como requisito se exige el pago de la sanción y realizar un curso pedagógico, con el cual podrá acceder al 50% o al 25% según corresponda.
¿A qué infracción corresponde la D12?
La infracción identificada como D12, según el Código Nacional de Tránsito, es la impuesta por conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado dependiendo de las veces que ya haya roto la norma.
- Por primera vez: cinco (5) días.
- Por segunda vez: veinte (20) días.
- Por tercera vez: cuarenta (40) días.
Esta multa es recurrente en los vehículos particulares que trabajan en transporte público por medio de plataformas como Uber, Didi, Cabify, entre otras, ya que los únicos vehículos de este tipo que tienen el permiso de prestar el servicio son los taxis.
Esto ocurre porque los particulares no están inscritos ni homologados por el Ministerio de Transporte, por ello, la multa puede ser tanto para quien vaya conduciendo el vehículo, como para el propietario de este.
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¿Cuánto cuestan las multas de tránsito?
Según el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, que establece que las multas de tránsito tienen un valor distribuido de la siguiente manera:
- Tipo A: Cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes ($173.733).
- Tipo B: Ocho salarios mínimos legales diarios vigentes ($346.667).
- Tipo C: Quince salarios mínimos legales diarios vigentes ($650.000).
- Tipo D: 30 salarios mínimos legales diarios vigentes ($1.300.000).
- Tipo E: 45 salarios mínimos legales diarios vigentes ($1.950.000).
Las únicas infracciones que no se especifican en las categorías anteriores son las que se imponen como consecuencia de alcoholemia, dichas multas tienen un coste mucho más elevado, oscilando su precio entre los 3.900.000 COP y los 62.400.000 COP.
¿Cómo impugnar una multa de tránsito?
El Código Nacional de Tránsito expone en su artículo 136 que “si el inculpado rechaza Ia comisión de Ia infracción, deberá comparecer ante el funcionario en audiencia pública para que este decrete las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles”.
Es importante destacar que la persona tendrá unos plazos específicos para llevar a cabo la impugnación, de lo contrario, deberá pagar la multa correspondiente.
- En el caso de las multas impuestas por agentes de tránsito en las calles, el plazo para la impugnación será de 5 días hábiles siguientes.
- En el caso de las multas impuestas por medios electrónicos, el plazo para impugnar será de 11 días hábiles.
La impugnación puede presentarla en el Supercade Movilidad en la calle 13 # 37-35, allí se ejecutará la respectiva citación.
Al momento de realizarse la audiencia pública, el ciudadano tendrá la posibilidad de ser escuchado y de presentar las pruebas correspondientes que acrediten que no se ejecutó ninguna infracción.