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Conozca las diferencias entre Cámara y Senado en Colombia: Funciones de cada uno y más

El Congreso de la República esta compuesto por la Cámara de Representantes y el Senado.

Congreso de la República colombiana. Foto: Getty Images

Congreso de la República colombiana. Foto: Getty Images / demerzel21

En Colombia, el Congreso de la República esta compuesto por la Cámara de Representantes y el Senado, las cuales están conformadas por miembros de elección popular. Sin embargo, ambas cumplen funciones diferentes.

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Los miembros electos son individuos que están al servicio del Estado y de la comunidad. Ejercen sus funciones de acuerdo con lo establecido por la Constitución, la ley y el reglamento.

Cámara de Representantes

La Cámara de Representantes constituye parte de la rama legislativa del estado, fue creada cuando se promulgó la constitución de 1821. Actualmente, es un organismo integrado por 172 legisladores, llamados Representantes a la Cámara.

Los representantes son elegidos por periodos de cuatro años a través del derecho al voto que tiene el pueblo en ejercicio de la ciudadanía.

Objetivo:

Transformar administrativamente la Cámara de Representantes mediante la implementación de sistemas de gestión modernos que faciliten la Transparencia y la Accesibilidad a la información, siendo siempre amigable con el medio ambiente, de tal manera que se facilite la ejecución de las funciones legales y constitucionales.

Funciones:

  • Función Constituyente: Para reformar la Constitución Política mediante actos legislativos.
  • Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y los códigos en todos los ramos de la legislación.
  • Función de Control Político: Para requerir y emplazar a los Ministros del Despachos y demás autoridades y conocer las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observaciones pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.
  • Función Judicial: Para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política.
  • Función Electoral: Para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República, cuando hay falta absoluta, y designado a la Presidencia.
  • Función Administrativa: Para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.
  • Función de Control Público: Para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.
  • Función de Protocolo: Para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras Naciones.

Senado de la República

El Senado estará conformado por 100 miembros, elegidos en circunscripción nacional y no departamental, como se hacía hasta ese momento. Con dos senadores elegidos en circunscripción nacional por comunidades indígenas, cuya elección se regirá por el sistema de cociente electoral.

Objetivo:

El Senado de la República en representación del pueblo colombiano, ejerce las funciones constitucionales y legales, para promover el bien común y el desarrollo de la sociedad.

Funciones:

  • Función constituyente: para reformar la Constitución Política mediante actos legislativos.
  • Función legislativa: para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y códigos en todos los ramos de la legislación.
  • Función de control político: para requerir y emplazar a los Ministros del Despacho y demás autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observaciones pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.
  • Función judicial: para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política.
  • Función electoral: para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República, cuando hay falta absoluta, y Designado a la Presidencia en el período 1992 -1994.
  • Función administrativa: para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.
  • Función de control público: para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.
  • Función de protocolo: para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.”

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