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¿Embajador y diplomático es lo mismo? Explicación de funciones, rangos y más

Conozca aquí las diferencias entre estos cargos y entérese de cómo se manejan los rangos y funciones en la diplomacia.

Embajadores, imagen de referencia | Foto: GettyImages

Embajadores, imagen de referencia | Foto: GettyImages / Jacobs Stock Photography Ltd

Las relaciones internacionales son esa disciplina encargada de estudiar los temas exteriores de los Estados y cómo juegan en la esfera global en cuanto a colaboración bilateral en materia política, económica, judicial y diplomática. Es allí que surge el término ‘diplomático’, que son los funcionarios encargados de ejecutar todo lo relacionado con esta materia.

Es decir, los diplomáticos de Colombia son aquellos distribuidos en todas las embajadas y consulados del mundo ejerciendo labores de relacionamiento con las autoridades administrativas de los países extranjeros, así como velando por el bienestar de los colombianos en el exterior.

El embajador, por su parte, es la persona con mayor rango en el servicio diplomático en un país, por ejemplo, el embajador en Estados Unidos es la cabeza de Colombia en ese país, pero junto a él tiene a un equipo de diplomáticos, incluidos los cónsules, que trabajan de la mano en un mismo equipo.

¿Cómo se dividen los rangos en la diplomacia?

Para explicar mejor cómo se manejan los rangos en el servicio diplomático, se puede consultar la carrera diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores, pues es esta la encargada de avalar a los funcionarios que ejercerán labores en representación del Gobierno colombiano en el exterior.

Actualmente, el Servicio Exterior y la Carrera Diplomática y Consular de la República de Colombia constituyen un régimen especial y jerarquizado, regulado por el Decreto Ley 274 de 2000.

El ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se hace exclusivamente en la categoría de tercer secretario de Relaciones Exteriores y se asciende a las demás categorías del escalafón, en el siguiente orden y tiempo de permanencia, hasta llegar a la categoría de Embajador, que es la más alta:

  • Tercer secretario: Tres (3) años, luego de un (1) año de período de prueba.
  • Segundo secretario: Cuatro (4) años.
  • Primer secretario: Cuatro (4) años.
  • Consejero: Cuatro (4) años.
  • Ministro consejero: Cuatro (4) años.
  • Ministro plenipotenciario: Cinco (5) años.
  • Embajador.

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¿Cuáles son las funciones de un embajador o miembros del servicio diplomático?

Según establece el Decreto 869 de 2016, las funciones establecidas para las misiones diplomáticas en el exterior son:

  1. Promover y salvaguardar los intereses del país y de sus nacionales ante los demás Estados, Organismos y Conferencias Internacionales y la Comunidad Internacional.
  2. Ejecutar la política exterior colombiana en materia de relaciones bilaterales y multilaterales ante los países y Organismos Internacionales a su cargo, con fundamento en los lineamientos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. Participar en las negociaciones internacionales que involucren a Colombia y a los países y Organismos Internacionales ante los cuales se encuentre acreditado.
  4. Hacer seguimiento a la evolución del contexto político, económico, social, cultural, de los países y Organismos Internacionales ante los cuales se encuentre acreditado, así como prever las posibles implicaciones que pueda tener sobre la política exterior e intereses nacionales, e informar y proponer oportunamente a los viceministerios correspondientes, los ajustes pertinentes a la política exterior colombiana.
  5. Identificar los espacios políticos, económicos, culturales, de los países y organismos internacionales correspondientes, que pueden ser aprovechados para la ejecución de la política exterior y para la promoción de los intereses de Colombia.
  6. Presidir las delegaciones que representen al país, cuando así lo disponga el Ministerio de Relaciones Exteriores, en las reuniones de carácter bilateral y multilateral.
  7. Ejecutar la política migratoria bajo su jurisdicción y proponer acciones en la materia.
  8. Ejecutar la política en materia de desarrollo fronterizo del país, en el caso de las representaciones ante países fronterizos y proponer acciones en la materia cuando proceda.
  9. Suministrar a las direcciones de los viceministerios correspondientes los elementos técnicos y conceptuales para la definición de la política exterior en materia de las relaciones bilaterales y multilaterales con los países y Organismos Internacionales a su cargo ante los cuales está acreditado.
  10. Remitir a la Oficina Asesora Jurídica Interna la información relativa a las conciliaciones y a la defensa jurídica que se adelanten en su jurisdicción, en los que el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio hagan parte a través de sus misiones.
  11. Transmitir a la Dirección Administrativa y Financiera el informe de los contratos que suscriba la Misión.
  12. Mantener permanentemente informadas a las Direcciones de los viceministerios correspondientes, sobre el estado de ejecución de las directrices de política exterior en materia de relaciones bilaterales y multilaterales a su cargo.
  13. Ejecutar y dar seguimiento al plan de acción de los países y Organismos Internacionales a su cargo, con fundamento en las directrices, métodos y criterios que establezca la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional.
  14. Ejercer funciones consulares, cuando sea el caso, en coordinación con la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano.
  15. Ejecutar la política de promoción de Colombia en el exterior, en coordinación con la Dirección de Asuntos Culturales.
  16. Orientar, evaluar y hacer seguimiento a la gestión de los Consulados de su jurisdicción, teniendo en cuenta los intereses del país y la necesaria protección de los derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y coordinar lo pertinente con las políticas adoptadas por el Ministerio en esta materia.
  17. Coadyuvar en la promoción de los vínculos de todo orden de las comunidades colombianas en el exterior con el país, como medio de exaltar la identidad y valores nacionales y contribuir al mantenimiento de la buena imagen de Colombia en el exterior.
  18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.
  19. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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